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Mar, Jul

miguel arturo seminario ojedaERP/M.Seminario. El general don José de San Martín proclamó la independencia nacional, el 28 de julio de 1821, estampando en una proclama memorable, esa actitud de respeto por la voluntad del pueblo peruano, que desde su llegada al Perú había manifestado por escrito a través de actas, su voluntad de vivir de manera independiente con respecto a la metrópoli española. Ya gran parte de los pueblos del Perú le habían remitido copias de las actas de declaración, proclamación y jura de la independencia en todo el virreinato peruano, y Piura, cuya proclamación se había protagonizado el 4 de enero de 1821, no fue la excepción, de manera que debemos entender la proclama sanmartiniana, como el resumen de respeto por lo que querían los peruanos, ser libres e independientes, causa justa, en la que estaban seguros los apoyaba el Creador.

Leer más…Lo que aconteció en Piura tras la proclamación de la Independencia Nacional

Laurence ChungaPor: Dr. Laurence Chunga Hidalgo

ERP. Después de la nota “Vino don Humberto” de Beto Ortiz, de las preguntas de Silvana Gallo y de las sugerencias de Sadith Aponte conviene escriba algo más del tema de los omisos a los deberes alimentarios. ¿Es necesario hacer pagar tan alto precio: pérdida de la libertad, a quienes no son padres responsables? He dicho en otra oportunidad que, los habitantes de los presidios deben su estadía a la formación familiar y, que sospechaba que, los marcas, carteristas, los asaltantes en mancha, y similares llevaban en sí graves desamores con sus papás. De hecho, de los, quien sabe cuántos, beneficios penitenciarios tramitados en mi despacho, en ningún caso la asistenta social ha referido haberse entrevistado con el padre del sentenciado, siempre es con la madre, la hermana, el hermano, la esposa. La larga cola en los días de visitas es siempre de mujeres. Si hay algún varón, es algún pequeño que viene a visitar a su papá “en su nuevo trabajo” ¿Por qué no hay varones en esas colas? La virilidad peneana no alcanza para tanto.

Leer más…La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (V)

Laurence ChungaPor: Dr. Laurence Chunga Hidalgo

ERP. ¿Cuánto cuesta, en dinero un juicio de omisión a la asistencia familiar? En realidad no hay estudios concretos de lo que cuesta un proceso penal en el Perú; empero hay quienes dicen que una audiencia no realizada, una que dura tres minutos, porque no se logra instalar, cuesta más de dos mil soles. Tal monto viene deducido del número de personas que participan: juez, fiscal, abogado defensor, secretarios, asistentes, notificadores, gestores de administración e incluye costos materiales: luz, agua, infraestructura. Una audiencia que no se instala cuesta esa cantidad de dinero.

Leer más…La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (IV)

Laurence ChungaPor: Dr. Laurence Chunga Hidalgo

ERP. Si como queda dicho, las políticas estatales –en materia civil- han sido poco fructuosas y si, el problema de las pensiones deriva en la comisión del delito de omisión a la asistencia familiar; entonces, corresponde que, los jueces penales asuman la responsabilidad de “apagar la luz” en el asunto. La imposición de penas debe “convencer” al acusado de que es mejor cumplir con la responsabilidad de pagar las pensiones alimenticias a las que está obligado.

Leer más…La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (III)

Laurence ChungaPor: Dr. Laurence Chunga Hidalgo

ERP. El asunto de los padres que incumplen con pagar la pensión alimentaria de sus hijos, se convierte en problema penal, en el momento en que el juez de paz dispone que se remitan copias de la liquidación al Ministerio Público. Y esa remisión de copias puede repetirse, tantas veces como se efectúen liquidaciones de pensiones atrasadas. Es decir, que un padre irresponsable puede tener una, dos o más procesos de omisión a la asistencia familiar, que corren de modo paralelo y al mismo tiempo.

Leer más…La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (II)

Laurence ChungaPor: Dr. Laurence Chunga Hidalgo

ERP. Las personas estamos en constante conflicto. Con nosotros mismos, con los demás. Es posible que no nos pongamos de acuerdo con nuestro socio empresarial en como dividir las ganancias de la empresa, en sí la divisoria de terrenos con nuestro vecino es efectivamente la que aparece en el plano, etc. Acudimos al juez para que defina quién tiene la razón. Que los padres de un niño no se pongan de acuerdo en cuanto dinero es necesario para que hijo asegure su bienestar, es moneda común.

Leer más…La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial

tangararaERP/M.Seminario. Cuando en 1932 se creó una comisión para celebrar el cuarto centenario de la fundación de Piura, por la falta de tiempo, con respecto a la fecha de conformación de la Comisión en el Congreso de la República, se aprobó como fecha central para la celebración de tan extraordinaria efeméride, el 15 de julio, porque no había tiempo para una investigación histórica con rigor científico, quizá si la comisión se hubiese creado el año anterior, el tiempo habría permitido la participación de varios miembros de la Academia Nacional de la Historia, que desde entonces habrían dado mayores luces, con respecto a la fecha que se buscaba celebrar.

Leer más…Tangarará un hito histórico

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