Artículo: El turno permanente
ERP(Laurence Chunga Hidalgo) “La justicia no puede parar. La judicatura penal no descansa”. Así hemos dicho en otra oportunidad, con ocasión de la pretendida intromisión de turnos permanentes en los juzgados penales a los que se les pone a disposición un reo contumaz. El pasado febrero un proyecto de reglamento de las actuaciones del nuevo Código Procesal Penal así lo establecía. El asunto no fue aprobado. Explicábamos en aquella oportunidad, que la forma eficaz de asegurar el permanente estado de alerta de la justicia penal es a través de turnos.

