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Mié, Dic

Por: Miguel Arturo Seminario Ojeda. El conquistador de México nació en Medellín, España, en 1485 con el nombre de Hernán Cortés de Monroy y Pizarro Altamirano, y falleció un 2 de diciembre de 1547, tras ser Capitán General de Nueva España y Alcalde de Santiago de Cuba Hernán Cortés lideró la conquista de México, sometiendo el imperio azteca a la Corona de Castilla.

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ERP. (Por Dr. Edhín Campos Barranzuela1)  Para imponer una medida tan gravosa como la prisión preventiva, el acuerdo plenario a establecido que se debe tener, como uno de los presupuestos procesales, la denominada sospecha fuerte, por tal razón también es importante tener en cuenta el estándar e intensidad de sospecha desarrollados en la sentencia plenaria casatoria 1-2017/CIJ-433 de la más alta instancia judicial.

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Por: Nelson Peñaherrera Castillo. Las palabras “preservativo” o “condón” todavía siguen causando controversia. Sí, bajo el dintel de la segunda década del tercer milenio de la Era Cristiana, hay gente que lo sigue viendo como algo inmoral, hay gente que sigue teniendo la misma sonrisita nerviosa, hay gente que se bloquea al usarlo, hay gente que piensa en la “amenaza” que significa contra el placer y la hombría; pero hay pocas personas que lo ven como un salvavidas.

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ERP. (Por: Miguel Godos Curay) La lepra del olvido y la incuria son el epílogo de lo que debió ser en su momento el Centro Cultural Mario Vargas Llosa de Piura. Los ayer viejos muros del Colegio San Miguel y posteriormente recinto de la burocracia concentrada de la Dirección Regional de Educación lucen arruinados y por los suelos. Las paredes se caen y el saqueo de lo poco que queda ya empezó por los muros desplomados que dan al jirón Libertad. Ahí se instaló un museo de las artes gráficas con las viejas máquinas de la editora de El Peruano. Ahora es un refugio de punks que utilizan sus muros para sus turbias proclamas.

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ERP. (Dr. Edhín Campos Barranzuela1) En tal sentido, existe una corriente mayoritaria social y jurídica de sobreprotección legal hacia la mujer, en perjuicio de los derechos del hombre y que lo hace vulnerable para ser sometido en un proceso penal con riesgo de perder hasta propia libertad locomotora y otra que se viene empoderando, que considera que existe discriminación del hombre hacia la mujer, en su entorno privado o público con la finalidad de someterla o dominarla ya sea de manera física, sexual, económica y psicológica.

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Por: Nelson Peñaherrera Castillo. Como un calendario paralelo, la mayoría sabemos que nuestro tiempo también se mide por temporadas ligadas más que todo al clima y la agricultura. Ahora mismo estamos en plena temporada de mangos, cuyo inicio lo marca la aparición del criollo en octubre, que luego dará paso a esos otros más grandes y de cáscara más colorada que devoraremos en jugosas rodajas luego de pasar un tiempecito en la refrigeradora.

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ERP. Los próximos cinco años de la Universidad Nacional de Piura son cruciales para preservar el licenciamiento obtenido con mucho esfuerzo pero con visibles ausencias. Escasa investigación, urgente mejora del sistema de gestión de la biblioteca, falta de publicaciones en revistas indexadas e inexistencia de producción editorial. Las universidades publican el producto de sus investigaciones en ciencias aplicadas y la creación intelectual de sus humanistas reputados. En la producción intelectual edita, se reconocen los derechos morales del autor y los derechos patrimoniales que prestigian al centro de formación auspiciador.

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ERP. (Por Dr. Edhín Campos Barranzuela1) Valgan verdades, muchas veces el Juzgador, absuelve al imputado por la comisión de un delito, por insuficiencia probatoria o por la aplicación del principio indubio pro reo; empero queda el sabor amargo, de que no se ha hecho verdadera justicia, toda vez que la parte agraviada, ha realizado gastos procesales que es necesario cubrir, por tal razón, consideramos que por ejemplo frente a un delito de lesiones u homicidio culposo, es posible después de un debido proceso, absolver al imputado, pero se puede condenar al procesado al pago de una proporcional y razonada reparación civil, a fin de que se restituya el bien o el pago de su valor y si no es posible el pago de la indemnización de los daños y perjuicios.

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Por: Nelson Peñaherrera Castillo. El lunes 11 de noviembre, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió una decisión basada en un pedido del Jurado Electoral Especial de Ica: ¿pueden los y las congresistas que resultaron disueltos y disueltas el pasado 30 de setiembre postular a las elecciones suplementarias del próximo 26 de enero? El JNE dijo que sí, y comenzó el crujir y rechinar de dientes en un lado, y el rechinar de monedas y sonrisas en el otro, el disuelto.

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ERP. (Por Dr. Edhín Campos Barranzuela1) El Acuerdo Plenario 05-2019/CIJ-116, ha precisado de manera contundente, que al momento de resolver el pedido de prisión preventiva, el Juez deberá analizar las circunstancias de cada caso concreto para tal imposición, esencialmente en respeto de los principios de proporcionalidad y excepcionalidad de la medida, de la mano con las normas nacionales e internacionales, que establezcan parámetros para el uso de la fuerza, por parte del funcionario encargado de hacer cumplir la ley, en otras palabras el efectivo policial que vulnerando el marco normativo y excediéndose en su función y atenta contra la integridad física o causa la muerte a una persona intervenida, se le puede iniciar una investigación preparatoria y eventualmente declarar fundado un requerimiento de prisión preventiva.

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Por: Nelson Peñaherrera Castillo. Ahí donde me ven, tengo mis seguidores en la costa oeste de los Estados Unidos, quienes principalmente reciben mis contenidos a través de Twitter y en inglés. Y no hablo de que le metan traductor a mis artículos, sino que son bien versiones de columnas y otros materiales que publico exclusivamente a través de mi blog, o bien se trata de textos pensados exclusivamente en audiencia anglohablante, como ha sido el caso que hoy les comparto.

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ERP. (Dr. Edhín Campos Barranzuela1) El bien jurídico protegido trasciende a la libertad personal, con la trata de personas se afecta la dignidad de la persona colocada o mantenida en una situación de vulnerabilidad y degradación permanente. El desarraigo y la consolidación de la situación de vulnerabilidad de la víctima afectan las cualidades fundamentales o inherentes de la persona, esto es, no se la respeta por su condición de tal; se la instrumentaliza como un objeto al servicio de otros, se destruye o limita esencialmente su autodeterminación y con ello su proyecto de vida y se la coloca en un plano de compleja desigualdad. En resumen, el bien jurídico protegido comprende los atributos de la dignidad de la persona, esto es respeto de su condición intrínseca de persona, inmanencia trascendente, autonomía moral e igualdad.

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