ERP./Laurence Chunga Hidalgo.- Si el Congreso de la República expide una ley, se presume la constitucionalidad de la misma y, sólo puede carecer de efectos por inconstitucional si es que un juez así lo declara, sea por control difuso o mediante un proceso de inconstitucionalidad. La denominada Ley Servir, Ley 30057, fue cuestionada en cuanto nació. Un grupo de parlamentarios estimaron que varias de sus disposiciones eran contrarias a la Constitución y plantearon una demanda de inconstitucionalidad. Sin embargo, no fue el único cuestionamiento: buen número de funcionarios y servidores públicos la impugnaron en la vía de los hechos y mediante el uso del derecho a huelga protestaron por lo que en ella se disponía. La de los trabajadores judiciales fue la más notoria, no sólo por el tiempo que ha durado, sino también por la forma como se levantó la medida de fuerza.