ERP. Tal como se anticipaba, el Tribunal Constitucional resolvió a favor de la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público, ordenando que se suspendan las investigaciones penales contra la presidenta Dina Boluarte Zegarra hasta el final de su mandato en 2026. Las pesquisas podrán reanudarse solo si el nuevo Congreso de la República lo autoriza, a través de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
El máximo intérprete de la Constitución sostuvo que el artículo 117 de la Carta Magna establece de manera taxativa las causales por las que puede ser acusado un presidente en funciones. Esta interpretación, según el fallo, no fue considerada en el caso de Pedro Castillo Terrones, quien fue destituido tras intentar un golpe de Estado, generando lo que el TC calificó como una “afectación al ejercicio de la presidencia” por parte del Poder Judicial y el Ministerio Público.
Vídeo sobre demanda compeptencial
Si bien el blindaje alcanza a Boluarte hasta el 2026, el panorama político no está cerrado: su futuro quedará en manos del próximo Congreso, que, de no estar alineado con el llamado “pacto congresal”, podría autorizar procesos en su contra. Actualmente, la mandataria afronta carpetas fiscales por presunta responsabilidad en las muertes durante las protestas posteriores al 7 de diciembre de 2022, así como por receptación de joyas, abandono de cargo y otros delitos.
En su resolución, el Tribunal Constitucional subrayó que el objetivo es “armonizar las prerrogativas funcionales del presidente de la República previstas en la Constitución Política con el interés público en la investigación y persecución del delito a cargo del Ministerio Público y la administración de justicia por el Poder Judicial”.