Tambogrande: detienen tala y carbonización ilegal de algarrobos y faiques

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ERP. El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), paralizó la tala y carbonización de algarrobos y faiques en el distrito de Tambogrande, en Piura, tras corroborar que dicha actividad no contaba con la autorización de la autoridad regional competente.

Los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del SERFOR, constataron en un área de aproximadamente 12 hectáreas -que se ubica en la margen derecha de la carretera Las Lomas – Tambogrande-, la extracción de raíces de especies forestales y arbustivas; actividad de acondicionamiento para la instalación de cultivos agrícolas.

Asimismo, la instalación y el procesamiento de dos hornillas artesanales, 'huayronas', donde se procesaba leña de algarrobo para transformarla en carbón vegetal.

De acuerdo a las diligencias, el terreno es ocupado por la empresa de comercialización de productos agroindustriales S.A.C. Sin embargo, no existe autorización alguna -sobre el área- para cambio de uso del suelo ni el aprovechamiento de recursos forestales. Por ello, la ATFFS Piura inició la investigación para determinar las responsabilidades administrativas, según lo establece la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Cambio de uso de suelo

En este sentido, el responsable de la ATFFS Piura, Ing. Juan Otivo Meza, expresó que las empresas agroindustriales deben solicitar a la ATFFS Piura el respectivo cambio de uso de suelo; la ATFFS evalúa y autoriza, de ser el caso, la extracción de la cobertura vegetal silvestre para el establecimientos de los cultivos agrícolas, con el compromiso de mantener el 30% de la cobertura vegetal inicial.

De otro lado, dijo que la normativa forestal y de fauna silvestre promueve el manejo sostenible, así como la formalización, a través de autorizaciones y permisos. "existen modalidades para el aprovechamiento sostenible del bosque, que están en función de los volúmenes de extracción y la superficie de manejo. Los de menor impacto son los denominados DEMAS -declaraciones de manejo forestal-, donde generalmente se autorizan podas y raleos; luego están los de medio y gran impacto, denominados Plan de Manejo Forestal Intermedio y Plan General de Manejo, que se realizan sobre grandes extensiones de terrenos con densa cobertura vegetal"; explicó el funcionario.

Cabe mencionar que el Estado peruano protege a todas las especies de flora y fauna silvestre. Por ello, extraerlas de su entorno y comercializarlas sin la autorización de la autoridad competente está sancionado con multas y penas privativas de la libertad.

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