Junta Nacional de Justicia defiende procedimiento impulsado contra presidenta del Poder Judicial

Política
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ERP. En un Comunicado amplio pero confuso, la Junta Nacional de Justicia, justifica las acciones realizadas contra la Dra. Janet Tello Gilardi, quien se enteró por los medios de comunicación de un procedimiento para sancionarla como magistrada. En su texto ambiguo ratifican las competencias que les corresponde de acuerdo a Ley; pero en ninguna parte se pronuncian sobre el polémico caso.

La apertura de un procedimiento disciplinario no constituye, en ningún caso, un delito de avocamiento indebido. Esto ocurre cuando a sabiendas una autoridad se atribuye la competencia para intervenir en un proceso que está siendo tramitado por un órgano jurisdiccional sin tener la facultad para hacerlo. La apertura de un procedimiento disciplinario está dentro de las competencias constitucionales que tiene la JNJ y no tiene como objeto asumir la competencia jurisdiccional de investigar, resolver o apoderarse de un asunto o causa que un juez viene tramitando, sino evaluar la conducta funcional de un magistrado con el objeto de garantizar la correcta administración de justicia y el respeto por las normas que rigem su comportamiento, por lo tanto, no representa una interferencia a un proceso judicial, sino un acto legítimo dentro de las atribuciones constitucionales que tiene la JNJ para asegurar la integridad del sistema judicial. Atribuir la comisión de un delito mediante los medios de comunicación constituye difamación agravada” indica en el numera 3.

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La Junta Nacional de Justicia fue elegida sin la mayor transparencia y pese a los cuestionamientos que se hizo siguieron adelante; de acuerdo a presunciones, es un ente que se corresponde al actual “pacto” que existe entre el Poder Legislativo y Ejecutivo, para ejercer el poder en el país.

Diario El Regional de Piura

 

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