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Sáb, Jul

SUNARP: inscripción de compraventas en el Registro de Predios durante primer semestre 2025 supera la de los últimos veinte años

Política
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ERP. Piura. Todo un récord. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), informó que las 129,988 compraventas inscritas en el Registro de Predios que administra, durante el primer semestre del presente año, ha superado el número de registros, para similar periodo, de los últimos veinte años.

Desde el primer semestre del 2006 (55,592 compraventas inscritas) al primer semestre del 2025 (129,988 registros) este tipo de inscripciones se han incrementado en 134 %. vale señalar que la cifra que más se acerca a la del récord mencionado se produjo en el primer semestre del 2022 cuando se inscribieron 124,189 compraventas.

Las 129,988 compraventas inscritas en el primer semestre del presente año se distribuyeron de la siguiente manera: Lima (61,968), Arequipa (8,530), La Libertad (8,034), San Martín (6,083), Lambayeque (6,046), Ica (5 583), Junín (5,076), Piura (3,883) y Tacna (3,402). Luego se ubican Ucayali (3 321), Huánuco (3 015), entre otras regiones.

Pasos para registrar un inmueble

Para registrar un inmueble en la SUNARP, ya sea vivienda nueva como de segundo uso, se deben seguir los siguientes pasos:

1.-Verificar si la vivienda ya se encuentra inscrita. Para ello, se recomienda solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a adquirir, además del Certificado Registral Inmobiliario (CRI). Estos documentos contienen:

  • Historial del inmueble (todos los actos que se han realizado en el inmueble).
  • Nombre del propietario.
  • Los trámites pendientes sobre la propiedad.
  • Las cargas o gravámenes que hubiera sobre el inmueble.

2.- Celebrado el contrato de compraventa, el vendedor y el comprador de la vivienda deben acudir a un notario para que se expida el parte notarial de la escritura pública de la compraventa del inmueble.

3.- Solicitud de inscripción en la Oficina Registral. El trámite se realiza exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) a nivel nacional, por lo que, deberá coordinar con la Notaría para su presentación.

4.- El documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado título, debe contener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la vivienda.

5.- Asiento de inscripción en la partida registral. Una vez que el título de compraventa del inmueble es revisado por el registrador público, este puede dar las siguientes respuestas:

  • Inscribir la compraventa de estar todo conforme. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales y se han cancelado las tasas registrales correspondientes.
  • Observar, si falta algún requisito. En caso, que al expediente le falta algún requisito legal.
  • Liquidar, si falta cancelar la tasa registral. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales; pero falta cancelar las tasas registrales.
  • Concluida satisfactoriamente la evaluación del expediente, el registrador inscribe la compraventa, con lo cual el Estado, a través de la Sunarp, le otorga seguridad jurídica y protección a su adquisición.

Costo Registral

Este se divide en dos: tasa por calificación (S/ 43.30) y tasa por inscripción, la cual varía de acuerdo al precio de la transferencia.

Diario El Regional de Piura
 

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