El 28 de diciembre de 1812 y el primer Cabildo Constitucional de Piura
ERP. Tras la promulgación y jura de la Constitución de Cádiz de 1812, se inició la práctica del gobierno representativo, en la Península Ibérica y en los dominios ultramarinos de la Corona Española, para delegar poder a los alcaldes, esta vez con participación popular, si bien existían alcaldes en todos los dominios hispanos en América, la delegación del poder no se hacía por voto con participación de los ciudadanos.
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