ERP. En Piura, la Policía Nacional del Perú y el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), decomisaron 337 trozas y 350 unidades de leña de la especie forestal Prosopis pallida, algorrobo, talado de forma ilegal, que se encontraba a bordo de seis motofurgones.
El decomiso del producto forestal de procedencia ilícita, valorizado en aproximadamente mil soles, se realizó en tres intervenciones: en el distrito de Tamarindo (provincia de Paita), en la provincia de Sullana y en Cura Mori, Piura.
En Tamarindo fueron los vecinos organizados de Seguridad Ciudadana los que advirtieron la tala de algarrobos en una de las parcelas ubicadas en el sector agrícola “La Capullana”. En el lugar, ante la presencia de las autoridades, las personas que realizaban el corte de los árboles sin autorización, huyeron por los matorrales, dejando abandonados cuatro motofurgones con 227 trozas de algarrobo.
Por otra parte, en la intersección de las avenidas Panamericana Norte y Buenos Aires, en Sullana, se intervino un motofurgón cuando trasladaba 110 trozas de algarrobo. El conductor del vehículo no contaba con la Guía de Transporte Forestal, documento que demuestra que los productos forestales transportados provienen del aprovechamiento sostenible autorizado por la institución competente, en Piura por el SERFOR.
El tercer decomiso se realizó en el “Barrio Sur” de Cura Mori, donde un motofurgón transportaba 350 unidades de leña de algarrobo talado sin autorización.
De acuerdo, a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el SERFOR decomisó las 337 trozas y las 350 unidades de leña de algarrobo e inició el respectivo proceso administrativo sancionador a los conductores de los motofurgones intervenidos en Sullana y Cura Mori. Además, la ley señala la inmovilización de los vehículos, hasta el pago de la multa (resultado del proceso sancionador iniciado).
La Ley N° 29763 permite y autoriza el acceso sostenible a los recursos forestales y de fauna silvestre, a través de planes de manejo. Asimismo, como parte de las acciones de control, dicha normativa establece como infracciones “Muy graves”: la adquisición, transformación, comercialización o posesión de productos forestales y de fauna silvestre, extraídos sin autorización de la autoridad competente.
Las sanciones son multas que oscilan entre 0,1 y 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), según los criterios de gradualidad.