Hospital ‘La Videnita’ no se encuentra en condiciones de iniciar actividades según Colegio Médico de Piura

Piura
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

ERP. El Colegio Médico de Piura se sumó a la oposición para que el Ambiente de Hospitalización Temporal para casos sospechosos o confirmados, moderados o severos por infección de COVID-19, inicien sus actividades de atención médica, por cuanto aún no reúne las condiciones e insta a su implementación y/p completar para que pueda garantizar la atención de calidad de los servicios de Salud.

Precisan que con Resolución Ministerial N° 455-2020-MINSA, de fecha 02 de julio del 2020, se aprobó la Directiva Sanitaria N° 109-MINSA/2020/DGAIN, “Directiva Sanitaria para el Cuidado de Salud en Ambiente de Hospitalización Temporal y Ambiente de Atención Crítica Temporal para Casos Sospechosos o Confirmados, Moderados o Severos por infección por COVID-19”, donde se detalla que el Ambiente de Hospitalización Temporal (AHT) y Ambiente de Atención Crítica Temporal (AACT) son extensión temporal de la oferta de servicios de salud de un establecimiento de salud de segundo o tercer nivel de atención de salud".

Como informamos anteriormente, una Comisión del Colegio Médico del Perú – Consejo Regional VII Piura, con fecha 09 de julio 2020, acudió a las instalaciones de la “Videnita”, para la visita al ambiente de hospitalización temporal y ambiente de atención crítica temporal con la finalidad de emitir el informe de opinión técnica sobre los procedimientos, decisiones, uso de recursos que permita mejorar la calidad de atención y la práctica médica, reduciendo al mínimo la incidencia de errores.

Ambiente de hospitalización ‘La Videnita’ no se encuentra en condiciones de iniciar actividadesAmbiente de hospitalización ‘La Videnita’ no se encuentra en condiciones de iniciar actividades

En un Comunicado alcanzado a este medio, dio cuenta de sus conclusiones y recomendaciones, además de utilizar el concepto de Ambiente de Hospitalización Temporal y no “Hospital” como equivocadamente se le viene llamando.

“Instamos a la Dirección Regional de Salud Piura o al responsable de la atención de salud del establecimiento de salud del segundo nivel el cual corresponda el AHT y AACT, que debe realizar la verificación sanitaria correspondiente para comprobar la operación y funcionamiento de dichos ambientes, como la extensión de la oferta de servicios de salud de dicho establecimiento de salud, que reúna las condiciones de calidad y seguridad requeridas, en el contexto de la emergencia a nivel nacional” indican.

Concluyen instando ”(…) a una articulación oportuna y eficiente por parte de las autoridades regional, local y de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, para que los AHT y AACT brinden una atención de calidad a la población que lo requiera y que garantice la protección a los médicos y equipo de salud” concluyen.

Diario El Regional de Piura
 

Publicidad Aral1

Paypal1