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Lun, Sep

SBS aprueba procedimiento operativo para retiro extraordinario de hasta S/21,400 de las AFP

Política
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ERP. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el Procedimiento Operativo (PO) que regula el retiro extraordinario y facultativo de fondos del Sistema Privado de Pensiones, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N.° 32445. La medida fue oficializada mediante la Resolución SBS N.° 03444-2025, publicada en el boletín de Normas Legales de El Peruano.

Monto y condiciones del retiro

La norma establece que los afiliados podrán solicitar el retiro de hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/21,400, de sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

El trámite deberá realizarse en un plazo máximo de 90 días calendario, contados desde la entrada en vigencia de la resolución. El afiliado podrá indicar el monto a retirar y, en caso de desistir, tendrá la opción de anular su solicitud por única vez, hasta 10 días antes de efectuarse cualquiera de los desembolsos.

Cronograma de desembolsos

El procedimiento establece cuatro entregas sucesivas, cada una de hasta 1 UIT, salvo el último desembolso, que incluirá el remanente:

  • Primer desembolso: hasta 1 UIT, en un plazo máximo de 30 días desde el registro de la solicitud.
  • Segundo desembolso: hasta 1 UIT, dentro de los 30 días posteriores al primer pago.
  • Tercer desembolso: hasta 1 UIT, dentro de los 30 días posteriores al segundo pago.
  • Cuarto desembolso: hasta 1 UIT o el saldo restante, dentro de los 30 días posteriores al tercer pago.

Canales de atención y seguridad

Las AFP deberán garantizar canales de atención y plataformas digitales accesibles, seguras y con estándares mínimos de ciberseguridad para el registro de solicitudes y desistimientos. Además, deberán brindar información y orientación a los afiliados en todos sus medios de comunicación.

Medios de pago y retenciones

El desembolso se realizará a través de los canales financieros que disponga cada AFP, asegurando la titularidad de la cuenta. Asimismo, se aplicarán retenciones judiciales o convencionales por deudas alimentarias, hasta un máximo del 30% de cada desembolso, según la ley.

Afiliados en el extranjero

Quienes residan fuera del país o se encuentren físicamente impedidos podrán presentar su solicitud de retiro o desistimiento mediante los canales virtuales habilitados por las AFP, que deberán implementar protocolos de verificación de identidad y difundirlos en sus plataformas oficiales.

Diario El Regional de Piura
 

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