XI Pleno Jurisdiccional de la prisión preventiva por Dr. Edhín Campos Barranzuela
ERP. Sobre el tema el Acuerdo Plenario precisa que el canon legislativo respecto al plazo de duración de la prolongación preventiva, siguió parcialmente, la Ley 30076, hasta nueve meses adicionales en los procesos comunes simples y hasta dieciocho meses adicionales en los procesos complejos, empero para el caso de criminalidad organizada, no duplicó el plazo de duración precedente, solo estipuló un plazo de hasta doce meses adicionales, aunque es de llamar la atención que en estos procesos, el imputado puede estar como preso preventivo hasta un máximo de cuatro años.
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