ERP. Nuevamente el Congreso de la Republica, se enfrasca contra el presidente constitucional del Perú Pedro Castillo Terrones, a quien pretende vacar. Para tal efecto, y sin corresponder, utiliza el concepto de “Permanente incapacidad moral” previsto en el artículo 113 de la Constitución Política del Perú y que de acuerdo a los constitucionalistas, solo procede en caso de problemas mentales.
El analista político Juan Manuel Aguilar se muestra sorprendido por esta nuevo pedido de vacancia “Sorprende los vaivenes de algunos congresistas, no se entiende como unos días antes votan a favor de la confianza al gabinete Torres y días después, sin mayores argumentos (al menos conocidos) aprueban debatir el pedido de vacancia Presidencial. Una cuestión a considerar es saber si realmente los Congresistas entienden qué significa una moción de vacancia”.
Aguilar sustenta “He escuchado a algunos congresistas decir están a favor del debate porque la consideran una “oportunidad” para que el Presidente dé explicaciones al Congreso y al país sobre los diferentes cuestionamientos que se le imputan, como si tratara de un juicio político o rendición de cuentas, lo cual no se sujeta al ordenamiento jurídico, considero un despropósito altamente desestabilizador estar debatiendo una vacancia tras otro, ya que socava la institucionalidad y credibilidad del país”.
Tal como quedó registrado en sentencia del Tribunal Constitucional en el caso de Martín Vizcarra Cornejo, el Tribunal Constitucional abdicó en su responsabilidad de conceptuar de manera taxativa que significa “Permanente incapacidad moral o física (…) tal y fonforme lo indica en su inciso 2 del artículo 113 de la Constitución. Para los especialistas, el concepto es muy ambiguo.
Para Rosa María Palacios, periodista y abogada peruana, las causales invocadas para la moción de vacancia no corresponden y explica que en el caso de delitos, la Constitución es bastante clara y en caso de responsabilidades, el mandatario no puede ser juzgado en su mandato. Incluso recomienda que se haga una modificación constitucional para evitar este tipo de hechos. Pero la mayoría sabe que no tiene el mínimo requerido.
Para el antropólogo Manuel Hidalgo León "Si bien la gestión del presidente Castillo no es la mejor, admitir la moción de vacancia no resuelve el problema, agudiza la inestabilidad política y desacelera el proceso de recuperación de la economía por efecto de pandemia y ahora le sumamos los efectos de la guerra entre Rusia y Ucrania. El Congreso no hace contrapeso como poder del Estado solo busca sacar provecho del poder político y lo que tienen en mente son puros cálculos personales y negociados entre fuerzas políticas. Este Congreso no demuestra seguridad para la nación, no da señales de responsabilidad con el país. No creo que la ciudadanía se quede de brazos cruzados, bajo este este escenario de crisis generalizada viviremos efectos negativos en los procesos de elección de gobiernos regionales y locales".
Si bien es cierto, que es improbable que se obtenga los votos para vacarlo, aún en contra de la Constitución, se genera un clima de conflicto y caos, en tanto la población peruana enfrenta problemas más serios, como lo visto en la última semana, cuando las lluvias arreciaron en la serranía piurana. “Es inconcebible que uno de los poderes del Estado se enfrasque en procesos inconstitucionales y no entender las demandas del país” indica una persona que vivió de cerca lo que son problemas irresolutos.
Insistir en la vacancia presidencial bajo la “permanente incapacidad moral o física” sería un holpe de Estado y daría pie para que el mandatario decida desacatar la medida congresal, bajo el supuesto que nadie debe obediencia a un gobierno usurpados; entonces, para muchos se generaría una convulsión incomprensible para un país democrático como busca serlo el Perú. Lo que si queda claro, es que Pedro Castillo, no será el Martín Vizcarra que decidió abandonar Palacio de Gobierno.
Pedro Castillo, es el presidente constitucional y ha sido elegido para 5 años, por lo tanto, tiene legitimidad legal y también social, sobre todo del Perú provinciano, quien le otorgó su voto de manera aplstante. Las fuerzas que ahora lo pretenden vacar, desde una primera instancia intentaron desconocer su triunfo. Para Omar Cairo, en diversas declaraciones a medios nacionales ha precisado que no procede vacar a un presidente, en estas condiciones, invocando el artículo 113, incido 2 de la CPP.
Lo cierto, que al presidente se le señala como responsable de delitos, igualmente de idoneidad y de no conocer nada sobre temas gubernamentales; asimismo, que es ignaro y que tiene poca información que lo lleva a cometer muchos errores; sin embargo, ese tipo de hechos no son causas para vacarlo del cargo. Por lo tanto, proseguir en el intento, tendría como único fundamento dar un "golpe de Estado" aprovechando para tal efecto, el Congreso de la República.