Piura. La detención en Piura de la abogada chiclayana Danitza Carrasco Delgado, fiscal adjunta de la Primera Fiscalía Corporativa de Tambogrande, fue totalmente arbitraria, según lo precisa el Hábeas Corpus presentado a su favor en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
Hasta este miércoles, la fiscal Carrasco permanecía en custodia en la Corte de Piura y el jueves será su audiencia de apelación. "Espero que se resuelva el Hábeas Corpus presentado porque mi detención no se ha dado por una flagrancia delictiva y quiero defenderme también con todas las de la ley", afirmó la fiscal en una primera manifestación a la prensa.
La fiscal Carrasco reveló que el viernes 13 a las 4:00 de la tarde intervinieron en Tambogrande a la señora Melita Ojeda Hidalgo con la suma de 10 mil nuevos soles. Esta habría manifestado que el dinero iba a ser repartido entre fiscales de la jurisdicción.
A raíz de esto, el sábado 14, a las 7:00 de la mañana a la fiscal Carrasco le llegó una notificación de control interno, citándola para que se presente el lunes 16 a las 8:00 horas a rendir su declaración.
La denunciante, Luz Garavito Castillo habría dado dinero a la señora Melita Ojeda, quien nada tiene que ver con la fiscalía pero que llegaba a dichas oficinas para servir almuerzo o vender productos a todo el personal del Ministerio Público y que se había convertido en una persona de confianza.
Al parecer Luz Garavito, considerando el fácil acceso de la señora Melita a los fiscales, le habría pedido que le pregunte a la fiscal Carrasco qué solución le podía dar a un caso que venía sosteniendo. La fiscal Carrasco solo le indicó que por ser lo suyo de lesiones culposas, podría llegar a un acuerdo reparatorio con el Estado, porque así también la ley lo permite.
El sábado 14, luego de que le llegara la notificación de control interno, a las 11:00 de la mañana, el doctor Juan Fernando Paredes Portocarrero, Fiscal Superior de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Piura, llama a la fiscal Danitza Carrasco para preguntarle si estaba en Piura o en Chiclayo. Ella le respondió que estaba en sus clases de doctorado. Portocarrero le repregunta si ya le había llegado la notificación para presentarse el lunes y ante la respuesta afirmativa le indica: "eso es lo que quería saber; bueno, cuídate".
A las 2:00 de la tarde Portocarrero vuelve a llamar a la fiscal: "Danitza, tengo una llamada perdida tuya". "No doctor; yo no lo he llamado". "Pero, hija, ¿cómo estás?". "Preocupada, doctor, por la notificación, pero ya me han orientado porque es una denuncia grave la que me están sindicando". "Pero, si gustas, ven a verme a control interno; estoy solo, para conversar, hija, tú sabes que te aprecio". "Ya doctor, ahorita voy".
La fiscal Carrasco cuenta que "saliendo de la universidad la detienen solo por la sindicación de la señora que dice que el dinero iba a ser para ella". En las diligencias querían visualizar su teléfono, que obviamente no estaba debidamente lacrado, pero pese a ello dejó que lo hicieran porque, según precisa, ella nunca entabló ninguna comunicación con la persona que le ha dado el dinero a Melita.
Después de eso solicitaron el mandato de prisión preventiva. "Los audios o videos que la prensa dice que existen, solo serían entre la señora Melita Ojeda y la que denuncia, Luz Garavito. No tienen nada que ver conmigo. Y si hay algún video, podría ser solo en mi despacho en el momento que le expliqué los alcances del acuerdo reparatorio", manifiesta la fiscal Carrasco, convencida de su inocencia.
Por otro lado, según los abogados entendidos en la materia, el hecho de que se haya dictado fundada su prisión preventiva es solo porque no tiene un arraigo domiciliario en Piura, ya que ella es natural de Chiclayo; no tiene familia en Piura; no se le conoce otra actividad que desempeñe fuera de la de fiscal y, además, es un grave elemento de convicción solo la sindicación y la llamada telefónica que le hace la señora Ojeda a su teléfono como a las 2:00 ó 3:00 de la tarde. A esa hora, Melita le habría dicho: "doctora, ya le estoy llevando el almuerzo". Y es que era la persona que le llevaba la comida a la fiscalía".
Interponen Hábeas Corpus para su liberación
Según el Hábeas Corpus interpuesto, "la detención no cumple con los presupuestos de la flagrancia delictiva; vulnerándose de manera flagrante el debido proceso en el ámbito formal, al infringirse la norma procesal". Es decir, se está transgrediendo un derecho fundamental en el ámbito procedimental o formal como es el Debido Proceso. Su detención resulta arbitraria, "por cuanto no se cumple ningún supuesto de flagrancia delictiva que establece el artículo 259° del Código Procesal Penal", se precisa.
Carrasco, quien permanece en custodia en la Corte de Piura, ha sido acusada de presunto delito de corrupción de funcionarios, por la denuncia formulada por Luz Garavito contra ella y otros fiscales del Ministerio Público.
Del acta policial realizada contra la fiscal Carrasco, se desprende que la detención se debe a las supuestas llamadas telefónicas entre Melita Ojeda y Danitza Carrasco.
De acuerdo al Hábeas Corpus, la fiscal "no fue encontrada en la realización de un hecho punible y tampoco acababa de cometer un hecho punible y fue descubierta. Mucho menos había huido y había sido identificada después de la perpetración del hecho punible; o habría sido encontrada después de las 24 horas con efectos o instrumentos procedentes de un hecho delictivo".
El Proceso de Hábeas Corpus procede cuando se amenace o viole los derechos constitucionales por acción u omisión de actos de cumplimiento obligatorio por parte de cualquier autoridad; funcionario o personas. Cuando se invoque la amenaza de violación, ésta debe ser cierta y de inminente realización, como lo establece el artículo 2° del Código Procesal Constitucional.
El artículo 9° del CPC, señala que en los procesos constitucionales no existe etapa probatoria. Solo proceden los medios probatorios que no se requieren actuación; lo que no impide la realización de las actuaciones probatorias que el juez considere indispensables, sin afectar la duración del proceso.
El Hábeas Corpus fue interpuesto ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque por Johan Stephany Carrasco Delgado, para que se absuelva en el plazo de dos días a favor de su hermana, Danitza Carrasco. La demanda es contra el comandante PNP Carlos Alberto Li Zapata, Policía Anticorrupción de Piura; Juan Fernando Paredes Portocarrero, Fiscal Superior de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Piura, y Javier López Romaní, Fiscal Anticorrupción de Piura.