ERP. En reiteradas oportunidades hemos publicado artículos sobre este tema en El Regional Piura, compartiendo con los lectores, la primera experiencia ciudadana de los peruanos, destacando los sucesos en todo Piura, sobre este hecho histórico.
Por Miguel Arturo Seminario Ojeda
Director del Museo Electoral y de la Democracia de la DNEF del Jurado Nacional de Elecciones
En nuestro tiempo cuando hablamos de conciencia cívica y ciudadana hacemos referencia a la educación cívica relacionada con la transmisión de conocimientos aportantes a la formación libre y plural de opiniones, a través de la práctica de valores democráticos, promoción del diálogo, el consenso y la tolerancia entre los ciudadanos y ciudadanas, motivándolos a participar en la práctica de la arista democrática de la cotidianidad.
Actualmente, la participación ciudadana es formar parte y tomar parte de un grupo social, de una comunidad, de agrupaciones de la sociedad civil para ejercer en la práctica los deberes y derechos políticos, intervenir en los asuntos públicos y tomar decisiones responsables orientadas a la elección de las mejores opciones para autoridades en todos los niveles.
Indudablemente para esto se requiere de la competencia de un organismo oficial que de manera directa planifique, organice y ejecute actividades y programas de educación y formación ciudadana, como lo hace ahora el Jurado Nacional de Elecciones, y otras instituciones estatales y particulares.
No hubo durante el siglo XIX un organismo oficial que de manera directa planificara, organizara y ejecutara actividades de educación y formación ciudadana, solo de manera no oficial lo había la Sociedad de Amantes del País, a fines del siglo XVIII.
Si se buscó crear conciencia cívica en la ciudadanía, no existen mayores evidencias, pero al menos una élite si manifiesta en su comportamiento la interiorización de valores de patria en su conciencia. Mayor preocupación al respecto se manifestará entre los hombres de fines del virreinato y de la República.
Una copia de la Constitución de Cádiz aprobada el 11 de marzo de 1812, publicada el 18 de ese mes y jurada al día siguiente, 19 de marzo de 1812, llegó a Lima ese año y se envió a todo el Virreinato por orden del virrey Fernando de Abascal para la jurasen el 27 de diciembre. La llegada de una copia de la constitución de Cádiz a Piura, y su conocimiento por un buen número de piuranos, hizo que se sintieran no solo hermanados en el amor por la tierra, sino en igualdad de derechos.
La Constitución de Cádiz proclamaba que los súbditos se habían convertido en ciudadanos, ya no eran una semi propiedad de la Corona de Castilla:
Art. 1° La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art. 2° La Nación española es libre e independiente y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3° La Soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Y así, en el texto se considera ciudadanos a los varones de 25 años, sin excluir a los analfabetos, a los indios, a los mestizos, y a los negros libertos, ya que al ser ciudadanos, tenían los mismos derechos que los criollos y los peninsulares, todos juntos conformarían, al menos jurídicamente, una sola nación.
Vigente por poco, mediano o mucho tiempo, lo cierto es que estas declaraciones movieron aún más la reflexión de los americanos y reforzaron su conciencia de patria. La masa popular así lo percibió, intuyendo el cambio que se avecinaba, y que sería interrumpido al poco tiempo con el retorno al absolutismo, pero era demasiado tarde para frenar el impulso de la independencia, y la práctica de la ciudadanía, por los hombres del Perú y de la América libre.
Como llevamos dicho, desde fines de 1812, en la ciudad de Piura, en las villas, y en los pueblos en los que su población, sumando las de sus comarcas, llegase a mil habitantes, los ciudadanos votaron y eligieron a sus cabildos constitucionales, como ocurrió tardíamente en La Punta, hoy Sullana, donde las elecciones recién se hicieron el 1814.
Esta evocación de un hecho histórico trascendente en la historia del constitucionalismo en América, nos invita a reflexionar, no solo para rememorar las luces y las sombras de la democracia, considerando sus logros, como la inclusión de la mujer en la ciudadanía desde 1955 en el Perú, y otros hechos relacionados con la inclusión social, la paridad, y la alternancia, victoria femenina de los últimos tiempos; la reflexión no termina con la motivación en valores democráticos a los futuros ciudadanos y ciudadanas, sino, en una práctica que nos ponga como modelos de los que próximamente decidirán el futuro de la patria.