Exoneración penal de los viáticos por Dr. Edhín Campos Barranzuela
ERP. (Por. Dr. Edhín Campos Barranzuela1) Antes de imputar la comisión del delito de peculado, será necesario identificar si el funcionario cumplió o no con la comisión; si la cumplió, la omisión o defecto en la sustentación del gasto deberá quedar dentro de los estrictos ámbitos del control y sanción de orden administrativo, ir más allá constituiría un supuesto de criminalización extensiva de una materia que tiene eficaz tratamiento extra penal, peor aún sin la indagación previa y debida se pudiera imputar una apropiación total o parcial del monto que recibió el comisionado como viáticos.
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