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Mié, Jul

Premier Gustavo Adrianzén Olaya y su confusión de competencias

Editorial
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ERP. El presidente del Consejo de Ministros promueve, coordina y articula políticas nacionales con las Entidades del Estado, la Sociedad Civil y el Sector Privado, en ninguna parte de la norma se precisa que es el defensor abogadil de la presidenta de la República, por los casos que la vinculan. Hacer lo contrario, mejor dicho, hacer de abogado o de “escudero” no corresponde y es un uso indebido del cargo.

Desde que asumió el cargo Gustavo Adrianzén Olaya, se ha convertido en el abogado de facto de Dina Boluarte Zegarra, defensor a ultranza e incluso exagerada y vehemente como sucedió en la víspera. Si la presidente tiene problemas políticos, de repente podría entenderse su reacción; sin embargo, asumir como propias acusaciones por el actuar político de la mandataria es un despropósito.

La presidenta se encuentra seriamente comprometida en diversos actos, antes de asumir el cargo, se encuentra involucrada penalmente el caso conocido como “Los dinámicos del centro”, después de las matanzas indebidas como consecuencia de la represión indiscriminada se le señala como presunta responsable de genocidio, homicidio y otros; respecto al uso de joyas ajenas, la ha comprometido mucho más.

Contraloría suma otro caso que compromete a Dina Boluarte y se refiere al desbalance patrimonial, Gustavo Adrianzén Olaya, no ha tenido reparos en dar calificaciones sobre el particular y abogar con desenfreno, sobre las cuentas de la mandataria y fuentes que la respaldarían; que puede ser cierto, pero que no le corresponde ejercer esa defensa, que debería hacerlo el o los profesionales del entorno de la mandataria.

Adrianzén Olaya, estaría cometiendo un patrocinio infiel, pues su designación no es para fungir de abogado de Dina Boluarte; sino para ejercer las competencias que le corresponden de acuerdo a la Constitución y las Leyes. Lo contrario, implicaría el uso de recursos para distraerse de sus responsabilidades.

Señalamos, que el patrocinio infiel, es un delito que comete el abogado o el mandatario judicial que perjudica los intereses a él confiados, generalmente, por entendimiento con la otra parte; Adrianzén está en la obligación de defender los intereses del país, y no de particularizar su actuación a favor de una mandataria que comete yerros e incluso hasta presuntos delitos.

Más allá de la labor de “Escudero” Adrianzén Olaya ha supeditado su actuar a condescender con la presidenta Dina Boluarte; sino igualmente a avalar la trasgresión de la Constitución como es llevar al país a la condición de rebeldía con la Corte Interamericana de Derechos Humanos; entre otros aspectos, que son imposiciones que emergen desde el Congreso de la Republica.

Ponerse vehemente, encolerizarse por temas que no son del país y que se ubican en el campo individual de la mandataria, para ello, Dina Boluarte, quien viene sumando muchas más objeciones en lo que lleva de su mandato, debe defenderse ella.

Diario El Regional de Piura
 

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