EPS tiene obligación de atenderlos en los plazos establecidos
Piura. Ante los problemas de colapsos de desagües y cualquier otra ocurrencia que afecta a más de una conexión como falta de agua sin previo aviso, bajo el ámbito de responsabilidad de la Empresa Prestadora del Servicio (EPS), la Superintendencia Nacional del Servicio de Saneamiento (SUNASS), recordó a los usuarios que pueden realizar formalmente una Solicitud de Atención de Problemas de Alcance General.
Su representante en Piura, Irina Palomino Távara, sostuvo, que éstas solicitudes se generan en la EPS cuando afectan a un grupo de conexiones, y se rigen por lo dispuesto en el Reglamento de Calidad de Servicios de Saneamiento y el Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, aprobados por la SUNASS.
"Presentada la solicitud de atención de problemas de alcance general, la EPS Grau, tiene la obligación de cumplir con los plazos máximos de solución, los mismos que se encuentran detallados en el Reglamento de Calidad de Servicios de Saneamiento; por ejemplo, para una vereda pendiente, u obras inconclusas, hay un plazo de 48 horas; para fugas en la red de agua potable, roturas de tuberías en redes matriz y secundaria, y/o desbordes en la red de alcantarillado o rotura de tubería de desagüe, también el plazo es de 48 horas", precisó.
Agregó que efectuar cortes no programados, no cumplir con el horario de abastecimiento injustificadamente, tiene un plazo de atención de 24 horas. En caso se supere el plazo máximo para la atención y solución del problema, la EPS deberá registrar dicha circunstancia, justificando las causas que originaron el incumplimiento, además de comunicar al usuario que presentó la solicitud de atención, el tiempo máximo en que debe solucionarse, para fines de verificación por parte de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización.
Palomino aclaró que en caso la EPS no cumpla con solucionar el problema de alcance general, los afectados podrán acudir a la SUNASS conforme al Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción para que ésta verifique y, de ser el caso, imponga las infracciones de amonestación o multas.
La función de la SUNASS, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa.