ERP. Los pedidos de cese de prisión preventiva en el caso de la alcaldesa electa de Lobitos; y la solicitud de variación de la medida coercitiva por una detención domiciliaria, en el caso de los tres policías de Carreteras que, presuntamente, habrían recibido por parte de un transportista tres sacos de arroz en la carretera Piura-Sullana, fueron declarados infundados.
En el caso de la alcaldesa electa y suspendida de la Municipalidad Distrital de Lobitos, María Excelina Chapilliquen Ruiz, la defensa solicitó el cese de prisión preventiva que viene cumpliendo, desde el 04 de diciembre de 2018, alegando que se había desvanecido el peligro de fuga y obstaculización, sin embargo, el Fiscal Adjunto, Andhy Flavio Saavedra Dioses, se opuso a dicho pedido alegando que se mantenían los presupuesto iniciales que sirvieron para dictar la prisión preventiva, al no existir motivo razonable para atender el pedido de cese.
En ese sentido, el juez de Investigación Preparatoria de Emergencia, Luis Vásquez Dioses, declaró infundado el pedido, disponiendo que la interna siga cumpliendo la prisión preventiva por el plazo en que se dictó la medida, que es de 18 meses.
Mientras que, en el caso de los policías de Carreteras Eduardo David Nima Navarro, Jorge Luis Carrasco Culquicondor, y Jhonatan Coronado Castro, sindicados de haber recibido, presuntamente, tres sacos de arroz por parte de un transportista para que lo dejen transitar en la carretera Piura - Sullana, en febrero último, solicitaron la variación de la prisión preventiva por arresto domiciliario.
Sin embargo, el Fiscal Adjunto, Harold Ernesto Martínez Requena, se opuso a dicho pedido, fundamentando que los procesados no habían acreditado cumplir los requisitos para que se les varíe a la detención domiciliaria. En ese sentido, el juez Vásquez Dioses, desestimó el pedido de dichos internos, disponiendo que permanezcan recluidos mientras dure el plazo de prisión preventiva de 9 meses.
Ambas audiencias se realizaron vía videoconferencia.