ERP. Existe un concepto equivocado que pretende poner en primer plano y como el máximo poder del Estado al Congreso; sin embargo, tal argumento es totalmente faso, porque las competencias se encuentran distribuidas en diversas entidades, las cuales ejercen dichas prerrogativas con independencia y autonomía. El Congreso, es competente y le corresponde dar Leyes y otras precisadas en la Constitución.
En la presente composición congresal, se ha formado una alianza para muchos, mafiosa, donde no prima el Estado de Derecho y menos el respeto a los derechos humanos, sino la fuerza de los votos; se observó en el caso de Zoraida Ávalos, fiscal suprema que fue inhabilitada y se palpó con toda su crudeza, con la inhabilitación de los magistrados de la Junta Nacional de Justicia, Dr. Aldo Vásquez Ríos y Dra. Luz Inés Tello.
Sin intervención del Congreso y por disposición administrativa, se suspendió al fiscal superior Rafael Vela, quien tiene un rol importante en los casos lavajato, que compromete a diversos políticos, cuyos líderes integran el Congreso o dirigen sus bancadas, como es el caso de Keiko Fujimori de Fuerza Popular. Sin duda que existe un ánimo de destruir todas las investigaciones y por ende salir airosos de la responsabilidad penal.
Respecto a Inés Tello e Iván Vásquez, la situación es mucho más grotesca, pues con sin que exista nada regulado, se planteó la inhabilitación por 10 años; todo ello, por la interpretación que el cargo de Tello lo ejercería al cumplir 5 años que fue la convocatoria y no cuando cumplía 75 años de edad. Es una interpretación que admite análisis por ambas partes y de ninguna manera justificaría tal medida draconiana.
Pero además, no solo fue la medida draconiana lo que afectó sus derechos constitucionales al debido proceso, sino que para sacarlos del cargo, por ser incómodos a la actual mayoría congresal, sino que se hizo valer votos de integrantes de la Comisión Permanente, pese a estar normado que quienes la integran en un proceso de acusación constitucional, están prohibidos de votar en el Pleno.
Como el abuso del derecho es parte consustancial a esta mayoría congresal, se procedió a emitir las resoluciones respectivas, las cuales con una prontitud inimaginable, los miembros de la Junta Nacional de Justicia que no fueron inhabilitados, procedieron a declarar la vacancia de los dos magistrados de la Junta Nacional de Justicia; sin embargo, para Inés Tello, ella seguía siendo magistrada y las razones son concordantes con el argumento.
Como debe ser, después de no obtener la razón en la vía que la inhabilitó, recurrió a la vía judicial para presentar una medida cautelar, la misma que ordena que deberán retomar sus cargos y continuar cumpliendo su labor. Esta medida ha incomodado a la mayoría congresal, quienes de inmediato han cuestionado la decisión judicial, han dicho que desacatarían la norma, lo que sería una aberración más.
Se espera que no se llegue a tanto y que se cumpla, como debe hacerlo cualquier peruano, las resoluciones del Poder Judicial y no se ponga en entredicho, razones ajenas a la Constitución y las leyes.
Frente a este tipo de casos, es necesario recordar que el Poder Judicial, debería erigirse como el poder que ejerza sus funciones y competencias con autonomía, que cautele los derechos humanos y debido proceso y evite que un grupo que ha consolidado votos aviesos, se imponga con medidas arbitrarias. El Poder Judicial conoce lo que son las intervenciones y saben del daño que ello ocasiona.
Este régimen híbrido no puede prosperar, debe ser detenido; en Perú lo que debe primar es el Estado de Derecho y no la imposición arbitraria, frente al abuso, siempre cabe una acción judicial que administre justicia, acorde al derecho, a la Constitución y las Leyes. No es difícil, si se tiene una sólida formación, que es lo que lo que se demanda en los tiempos actuales.