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Más de 2.6 millones de afiliados solicitaron retiro de fondos al 23 de junio

Economía
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ERP. Debido a la autorización para disponer de liquidez y resolver los problemas generados por la pandemia, al 23 de junio último, unos 2.6 millones de afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) efectuaron las solicitudes de retiro de sus ahorros jubilatorios por 27,700 millones de soles en el marco de la Ley 31192, aprobada por el Congreso, informó el Banco Central de Reserva (BCR).

Esta normativa supone el retiro de 40,200 millones de soles de ahorros previsionales de los afiliados que gestionan las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP), señaló esta semana el gerente central de Estudios Económicos del BCR, Adrián Armas, en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso.

En la citada comisión parlamentario expresó su opinión sobre los proyectos de ley congresales 7404/2020, 7595/2020 y 7782/2020.

Precisó que se realizaron operaciones de reporte (venta de valores con compromiso de recompra) o repos con los fondos de pensiones por 4,887 millones de soles para el primer retiro de ahorros jubilatorios de las AFP (mayo – julio del 2020), 1,250 millones de soles por el segundo retiro (diciembre del 2020) y 3,287 millones de soles por el retiro iniciado en mayo del 2021.

Al 2 de julio de este año, el saldo vigente de estas operaciones de repos con los fondos de pensiones es de 3,287 millones de soles, indicó. “De liquidarse activos menos líquidos, se limita la capacidad de utilizar operaciones de reporte, afectando el valor del fondo”, recalcó.

Destacó que la preferencia de los inversionistas extranjeros se recuperó entre mayo y octubre del 2020, lo cual permitió absorber las ventas de bonos soberanos de las AFP sin presionar las tasas de interés al alza.

Sin embargo, con el anuncio del último retiro y la coyuntura local los inversionistas no residentes redujeron su participación en el mercado local, comentó. “Los retiros de fondos de pensiones presionan a la baja el valor de mercado de la deuda pública, incrementando el costo del financiamiento público”, añadió.

Presiones al alza

En otro momento, refirió que las propuestas (parlamentarias) no precisan si los depósitos previsionales en el sistema financiero podrían realizarse en soles o dólares. “Una elección del afiliado por la moneda extranjera podría exacerbar adicionalmente las presiones actuales al incremento del tipo de cambio”, dijo.

Además, se podría argumentar erróneamente que el Banco Central de Reserva (BCR) puede compensar los significativos movimientos de portafolio que las propuestas traerían, como ya se hizo antes con los retiros anticipados aprobados por el Congreso, comentó.

Sin embargo, se debe tomar en cuenta que el año pasado, la venta de bonos soberanos del SPP fue absorbida por los inversionistas no residentes, mientras que este año por el contrario, la demanda se redujo por el alza de las tasas de interés internacionales y la coyuntura local, explicó.

La menor disponibilidad de activos líquidos dificulta la realización de operaciones de repo con el BCR, que se vinieron efectuando para evitar que los retiros de ahorros jubilatorios anticipados aprobados por el Congreso tengan efectos adversos sobre la economía al ejercer presión al alza sobre las tasas de interés de los bonos en un contexto, de recesión económica, refirió.

Las operaciones de inyección de liquidez del BCR (a través de sus operaciones de reporte) podrían no ser suficientes para compensar este cambio de portafolio permanente, sostuvo.

El BCR no puede comprometer su manejo monetario autónomo para contrarrestar el impacto negativo de propuestas legislativas que, eventualmente, pudieran contravenir su finalidad constitucional de preservar la estabilidad monetaria del país, enfatizó.

Las medidas de retiro (prematuro) de fondos previsionales generaron la liquidación de activos líquidos del SPP, aseveró.

Estas propuestas congresales, además, generarían efectos no deseados sobre la competencia en el sistema financiero, considerando que el esquema planteado propicia prácticas de ventas atadas, que constituyan barreras a la entrada para otras instituciones, vinculando la decisión de traspaso a otorgamiento de beneficios en otros productos financieros.

Menos pensiones

Las propuestas planteadas reducen el valor esperado de las pensiones, toda vez que el retorno de largo de los activos que conforman el SPP son mayores que las tasas de interés de los depósitos a plazos en el sistema financiero, dijo.

Los fondos administrados en el SPP son invertidos en instrumentos de distinto riesgo, lo que permite componer portafolios que obtienen rentabilidades para el afiliado superiores a las que ofrece el sistema financiero”, agregó.

En los últimos 20 años la rentabilidad promedio de los fondos de pensiones fue 10.3% promedio anual, mientras que la de los depósitos a plazo fue 5.3% anual, destacó.

En ese contexto, informó que el SPP invierte en títulos de mayor plazo en línea con el horizonte de los fondos previsionales.

Así en los bonos del gobierno, el plazo residual promedio del SPP es de 14.6 años (versus 8.3 años en los bancos), mientras que el plazo residual promedio de los activos de renta fija local del SPP es de 11.4 años (versus los créditos de los cuatro bancos más grandes: 2.5 años), destacó.

Pérdida de ahorros jubilatorios

Bajo el SPP, el fondo previsional pertenece al trabajador y está diversificado en una amplia gama de activos, mientras que las propuestas plantean que el ahorro previsional este expuesto exclusivamente al riesgo de una entidad financiera, indicó.

Mencionó que el SPP principalmente, invierte en títulos con grado de inversión, que permiten reducir el riesgo de crédito de los fondos de pensiones.

“El 90% de los instrumentos de renta fija local en el portafolio de las AFP tiene grado de inversión, y las inversiones del exterior tienen activos subyacentes de países con grado de inversión”, añadió.

Estabilidad financiera y fiscal

En otro momento, sostuvo que el traslado de las cuentas de ahorro previsionales al balance de una entidad financiera incentiva la toma de mayores riesgos crediticios en sus operaciones activas, sobre todo si la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) alcanza el 100% como se plantea en la iniciativa congresal 7595-2020.

Además, la experiencia internacional muestra que los riesgos sobre el sistema financiero implican contingencias fiscales. “Los costos fiscales de las crisis bancarias son significativos”.

Las consecuencias de las crisis bancarias las afrontan los contribuyentes y los gobiernos gastan en promedio el 12.8% del producto bruto interno (PBI) para contrarrestar los efectos de estas crisis (40 países), refirió. “Pero si solo se analiza países en vías de desarrollo como el Perú, el porcentaje se incrementa a 14.3%”, añadió.

Bonos de reconocimiento

Sobre el proyecto de ley congresal 7782-2020, que crea el bono de reconocimiento (BR) 2021, comentó que el reconocimiento de aportes de los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) comprometería recursos fiscales, necesarios para otros gastos e inversiones del Estado a favor de las personas de menores recursos.

El proyecto congresal 7404/2020 establece el criterio de una jubilación anticipada sin mencionar referencia a una mínima, cuando la tendencia mundial se orienta a aumentar las edades de jubilación por el aumento de la esperanza de vida de la población, con el objeto de mejorar los ahorros en pos de una mejor pensión, entre otros, comentó.

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) y el sistema financiero tienen diferentes estructuras de funcionamiento cada uno con sus propios fines, y además tiene diferentes esquemas regulatorios, pues mientras el primero busca maximizar la rentabilidad a largo plazo, el segundo tiene por fin proteger a los ahorristas, resaltó.

Reforma integral pensionaria

En otro momento, el funcionario consideró que se requiere de una reforma integral del sistema de pensiones en el país con un amplio debate y rigurosidad técnica para lograr los objetivos de generar pensiones a los peruanos.

“No es recomendable por tanto realizar reformas parciales en una coyuntura de alta volatilidad en los mercados financieros”, comentó.

Sostuvo que las propuestas congresales conllevarían una menor rentabilidad para el afiliado y riesgos sobre el propio ahorro previsional, además de arriesgarse la estabilidad del sistema financiero y la posición fiscal, sobre todo por la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD).

Armas dijo que se generaría tratamientos regulatorios diferenciados y beneficios tributarios a uno de los esquemas.

Topes a tasas

Por su parte, sobre los proyectos de ley del Congreso 7795/2020 y 7404/2020, el director general de Mercados Financiero y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Óscar Graham, comentó que existe un alto riesgo de gestionar distintos productos (ahorros, créditos, inversiones de largo plazo, etc.) y riesgo de ventas atadas entre los productos bancarios y previsional, entre otros.

Mencionó que los topes a los costos de financiamiento podrían excluir una parte de los clientes y reducir las tasas de interés activas y también, recortar las tasas de interés que pagan las entidades financieras por los depósitos.

En cambio, las tasas de rentabilidad del SPP son mayores en el mediano y largo plazo en comparación a las entidades del sistema financiero, recordó.

FSD

En otro momento, señaló que el FSD tiene un monto máximo de cobertura por persona en cada empresa del sistema financiero, que incluye intereses, ascendente a 107,198 soles.

Los recursos actuales del FSD ascienden a 5,761 millones de soles, cifra que representa el 4.4% de los depósitos del sistema financiero, razón por la cual no se cubren todos los depósitos, detalló.

El FSD no cuenta con los recursos suficientes para brindar una cobertura del 100% a las cuentas previsionales, las cuales llegaron a 164,874 millones de soles a diciembre del 2020, y no tendría medios suficientes para asegurar la pérdida de estos fondos en el evento de una quiebra bancaria, refirió.

Finalmente, sostuvo que los afiliados del SPP que decidan transferir sus ahorros jubilatorios de una CIC en una AFP a una cuenta de ahorro previsional en una empresa del sistema financiero quedarán desprotegidos por el monto que constituya la diferencia entre el valor del fondo de pensiones y el límite máximo de cobertura del FSD.

Cabe destacar que esta semana estuvo en agenda de debate del Pleno del Parlamento el proyecto de ley 7595, el cual pasó a cuarto intermedio.

Diario El Regional de Piura
 

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