ERP. El conflicto que se generó por la imposibilidad del voto de confianza a favor de Ana Jara, llevó a conceder decisiones de carácter político. Uno de ellos es la renuncia del ministro Castilla y otro, la derogatoria del aporte obligatorio de los trabajadores independientes menores de 41 años, quien a partir de la fecha quedan libres y ya no tienen la obligación de aportar al Estado.
La Ley 30237, deroga los artículo 8 y 9 de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y la norma que la modifica, restableciendo el aporte libre y voluntario de los trabajadores independientes.
En tal sentido, en la parte que se refiere a los "Aportes del trabajador independiente", al que corresponde al artículo 33, "El trabajador independiente puede afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) voluntariamente".
Asimismo, indica que los aportes previsionales obligatorios que se cobraron en cumplimiento de las normas materia de derogación, "podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión a elección del trabajador independiente".
El dispositivo, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece la derogación de las demás normas, resoluciones y disposiciones que se opongan o limiten la aplicación de la presente Ley. La norma cuenta con la rúbrica del presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; y de la jefa del Gabinete Ministerial, Ana Jara Velásquez.
En tanto, tras la derogatoria de la obligatoriedad de la norma, diversas bancadas reconocieron el retroceso del gobierno de Ollanta Humala, para dejar sin efecto una norma considerada inadecuada en su concepción y en su implementación.