ERP. El Congreso de la República, decidió inhabilitar y acusar constitucionalmente a la exfiscal de la Nación y fiscal suprema Zoraida Ávalos Rivera. La medida, que para algunos especialistas es contraria a la legalidad, fue adoptada este miércoles 21 de junio en sesión de Pleno. 71 votos fueron suficientes para adoptar una esta medica calificada por la afectada como totalmente arbitraria.
En efecto, con 71 votos a favor, el Pleno Del Congreso aprobó el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso, que inhabilita por 5 años para el ejercicio de la función pública a la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos. A favor de la magistrada votaron solo 15 congresistas y 8 se abstuvieron.
Luego, con 71 votos a favor, se aprobó el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso, que acusa a la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por presuntos delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales. En el debate los argumentos se centraban a culpar de la inacción frente al caso de Pedro Castillo Terrones, sin embargo, su actuación fue mucho más decidida que casos similares.
Ávalos Rivera, de quien se dice fue sacada para facilitar el ascenso de un fiscal que se encuentra a la espera y que es cercano a Pedro Chávarry y actual Fiscal de la Nación Patricia Benavides; se defendió con argumentos en diversos escenarios y sobre todo medios de comunicación; pese a ello congresistas de organizaciones políticas como Fuerza Popular, Avanza País, Renovación Popular y otras, tenían el objetivo claro.
En su momento, la Junta Nacional de Justicia se pronunció criticando las intenciones del Congreso de la República, lo que fue tomado como intromisión; asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó su preocupación, sin embargo, nada de lo dicho tuvo efecto contrario en el Pleno del Congreso, el cual decidió inhabilitar y acusar constitucionalmente a Ávarlos Rivera.
En aplicación a lo dispuesto por el inciso j) del artículo 89 del Reglamento del Congreso, el expediente con la acusación constitucional será enviado a la Fiscalía de la Nación para que proceda conforme a sus atribuciones y a lo que dispone la Constitución Política del Perú.