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Dom, Dic

Promulgan Decreto Supremo que modifica funcionamiento de derrama Magisterial

Política
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ERP. El ministro de Educación, Rosendo Serna, afirmó que el Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU expresa el anhelo de miles de maestros que aportan todos los meses a la Derrama Magisterial y tiene como principal objetivo transparentar el manejo financiero de esa institución mediante la rendición de cuentas de manera periódica y descentralizada. Esta medida, ha sido buscada anteriormente y se consideraba como inapropiada. 

Serna explicó que la norma, que modificará el estatuto de la Derrama Magisterial, también habilitará la elección de su directorio y sus principales autoridades a través del voto de los maestros afiliados, en concordancia con las atribuciones del Ministerio de Educación (Minedu) establecidas en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 021-88-ED. Además, que no interviene o dispone en relación a la gestión económica o financiera, la cual se realiza en el marco de las disposiciones de la Superintendencia de Banca y Seguros y demás normas del sistema.

“El objetivo es garantizar una gestión más democrática, descentralizada y eficaz de la Derrama Magisterial ampliando la composición del Consejo Directivo y el Consejo de Vigilancia, así como de las Oficinas Descentralizadas, lo que permitirá que los docentes y auxiliares puedan participar sin la obligación de pertenecer a un gremio sindical en particular”, anotó.

Serna dijo que la reestructuración de la Derrama Magisterial es un tema técnico y no político y que dicha institución no está cumpliendo los fines y objetivos para los cuales fue creada, que es representar a todos los docentes. Además, indicó que ahora el aporte de los docentes y auxiliares será voluntario y no obligatorio y que también será facultativa la desafiliación y el retiro de los aportes que realizaron.

“Tenemos que reconocer el derecho de los docentes y auxiliares de educación asociados a elegir y ser elegidos a través de elecciones universales, libres, voluntarias y con la intervención de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; ahora se incorporará el derecho de los asociados a solicitar auditorías sobre la gestión institucional y no se tocará ni un sol de los fondos”, señaló.

“Los directivos que actualmente gestionan la Derrama Magisterial pueden presentar su lista y participar en un proceso democrático y transparente, lo esencial es que dicha institución sea representada efectivamente por quienes aportan”, sostuvo.

Actualmente, el directorio está conformado por seis miembros, de los cuales cuatro son designados directamente por el Sutep. La nueva norma eleva a trece el número de miembros, pero el Sutep ya no tendrá representantes directos, sino que se elegirá a cualquier docente asociado a la Derrama Magisterial a través de elecciones democráticas y transparentes.

El artículo 3 del Decreto Supremo Nº 021-88-ED faculta al Minedu a aprobar modificaciones en el estatuto de la Derrama Magisterial y a dictar las medidas complementarias que se requieran para su mejor cumplimiento. Esta facultad ha sido reconocida por el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente 9231-2005-PA/TC.

Diario El Regional de Piura
 

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