ERP. El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho, señaló que el acceso al oxígeno medicinal forma parte del derecho fundamental a la salud, tal como lo recoge el Informe Especial “Crisis de Oxígeno para Pacientes de COVID-19: Alternativas de solución”. En esa línea, indicó que la escasez de este bien, registrada durante los últimos meses, en el contexto de la pandemia del COVID-19, representa una afectación directa en el ejercicio de este derecho y, por tanto, un incumplimiento del Estado peruano de su obligación de garantizarlo.
Gutiérrez advirtió que, desde fines de abril, la Defensoría del Pueblo viene alertando sobre la situación de desabastecimiento de oxígeno medicinal y las necesidades de la población, solicitando la intervención del Estado a través de comunicaciones, oficios y reportes emitidos oportunamente. Además, recordó que la institución presentó un proyecto de ley al Congreso de la República para regular y sancionar las conductas de acaparamiento y especulación, en beneficio de las y los consumidores.
Si bien Gutiérrez reconoció que las medidas adoptas por el reciente Decreto de Urgencia 066-2020 constituyen un paso importante para paliar los efectos de esta crisis, precisó que ello no es suficiente. Aun cuando la norma declara que debe priorizarse la producción y distribución del oxígeno medicinal por sobre el oxígeno industrial, agrega que es necesario que esta declaración venga acompañada de acciones concretas, como convenios con empresas productoras para asegurar que ello ocurra, o la exigencia de cuotas específicas de producción para cubrir la demanda de oxígeno. Por su parte, la norma se aprobó luego de 86 días de la declaratoria de emergencia por el COVID-19, lo cual, evidencia una falta de planificación para adoptar oportunamente medidas correctivas.
Dado que esta situación no puede continuar, destacó que el Perú debe replicar las buenas prácticas implementadas en países como Chile, Ecuador o España, donde el Estado previó las necesidades de este insumo, y llevó a cabo coordinaciones con el sector privado, para suplir la alta demanda existente. Agregó que el Estado, como ocurrió en aquellos países, debe asumir su rol regulador en el mercado de bienes y servicios esenciales, con mayor razón, en un contexto de emergencia.
Por su parte, el titular de la Defensoría del Pueblo reiteró que, siendo el acceso al oxígeno parte esencial de un derecho fundamental, y en un contexto de emergencia sanitaria, es necesario que las autoridades competentes realicen un seguimiento de este mercado, tanto de los precios de venta al público, del incremento de la demanda, así como del mercado informal, donde estos bienes se venden sin control de calidad, poniendo en riesgo la vida e integridad de las personas.
Finalmente, el Defensor del Pueblo reiteró la necesidad de que el Estado comunique e implemente las acciones que deben realizarse en lo inmediato para salvaguardar la salud de quienes requieren este insumo médico, hasta que las anunciadas medidas del referido Decreto de Urgencia produzcan los resultados esperados. De conformidad con su mandato constitucional, la Defensoría del Pueblo seguirá vigilante ante la adopción de estas políticas, a efectos de garantizar los derechos fundamentales de las personas más vulnerables, en este contexto de emergencia por el COVID-19.
Puede ver el informe “Crisis de Oxígeno para Pacientes de COVID-19: Alternativas de solución” en el siguiente link