ERP. El fiscal Alejandro Valdiviezo Carhuachinchay, de la segunda Fiscalía provincial corporativa de Sullana, logró la cadena perpetua para Carlos Francisco Gutierrez Sullón y Jhonatan Salazar Aguilar, al ser hallados responsables del delito de violación sexual del agraviado de las iniciales J.F.S.M.S. cuando tenía 10 años de edad.
La agresión sexual habría ocurrido en el año 2006 cuando el imputado Carlos Francisco Gutierrez Sullón, con 22 años de edad, participaba de los eventos familiares y aprovechando su condición de primo hermano del menor, de diez años de edad en ese entonces, se ganó su confianza y comenzó a hablarle de sexo, hacerle tocamientos indebidos por su cuerpo hasta llegar a ultrajarlo sexualmente; estas relaciones sexuales se prolongaron hasta el año 2012 y con una frecuencia de dos veces por mes cuando el sentenciado llegaba a Sullana proveniente de Tumbes, donde seguía estudios universitarios.
En el año 2009, el sentenciado Jhonatan Salazar Aguilar, enseñaba el curso de computación en la I.E. Santa Rosa cuando el menor tenía 12 años de edad y cursaba el segundo año de educación secundaria, iniciando las relaciones sexuales en el aula y también en la casa del agraviado cuando iba a dictarle clases particulares por un periodo de seis meses.
El fiscal Alejandro Valdiviezo acreditó la responsabilidad en juicio oral que duró cuatro meses, en el que asistieron un total de doce testigos, diez peritos (entre médicos, psicólogos y psiquiatras); así como el testimonio coherente del menor, el mismo que ha mantenido de manera invariable para cada uno de los acusados; la persistencia en su manifestación corroborada con pericias: psicológicas, psiquiátricas y certificado médico- legal; también el abundante registro fotográfico que demuestran el acercamiento del primo hermano; inspecciones en el lugar de los hechos. Además de correos electrónicos y conversaciones en facebook entre el profesor y el menor, entre otras pruebas.
El representante del Ministerio Público refirió que “a pesar del tiempo transcurrido de los hechos, no es pretexto para generar impunidad, se ha demostrado que con una prolija investigación se logra probar los hechos en el juzgamiento, y en este caso, se hizo justicia de un acto sexual abusivo sobre el cual el menor no tenía capacidad para consentir el mismo”.
Esta sentencia fue dictada por el colegiado B de la Corte Superior de Justicia de Sullana, integrada por los magistrados Omar Reyes Jiménez; Rosario Reyes Alvarado y Godofredo Álvarez Flores, quienes ordenaron la captura inmediata de los sentenciados.