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Dom, Dic

La revictimización de Arlette Contreras por un fallo aparentemente equivocado del Poder Judicial

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ERP. La joven abogada Arlette Contreras se hizo famosa en el Perú y lo acontecido con ella se difundió por varios países del mundo. Fue y es un caso típico de violencia de género cuyo agresor el sujeto Adriano Pozo Arias, con total crueldad, la arrastró, le propinó varias patadas, humilló en presencia de testigos, la jaló de los cabellos y otros hechos de violencia. 

 

Denunciar un caso de esta naturaleza, implica una carga psicológica de grandes impactos para la mujer. Las víctimas de violencia de género prefieren muchas veces el silencio antes que la indiferencia y ludibrio público. Ser vejada como lo fue esta víctima, tener el coraje de mantener su versión, de narrar los hechos, de mantener su versión aún con el escarnio de parte de la población, es muy difícil. 

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Sujeto que agredió a Arlette Contreras fue absuelto, no fue suficiente lo acontecido

El Poder Judicial, ha dado una muestra de lo que no debe ser en la lucha frontal contra la violencia de género. Estas instancias cuya poca confiabilidad en sus fallos es criticada por los peruanos, ha dado muestras para que se siga desconfiando de sus fallos. 

En efecto, Arlette Contreras, se siente defraudada y humillada no solo por el agresor, sino por las autoridades judiciales quienes de la manera más incomprensible han decidido absolver al agresor. Lejos se encuentra el vídeo difundido, en el cual el Adriano Pozo, arrastraba con crueldad el cuerpo de la joven. Él totalmente desnudo, ella totalmente indefensa; sin embargo, para los magistrados las pruebas son insuficientes para condenar al sujeto. 

La Ley 30364 habla sobre la revictimización, la cual “Se entiende como las acciones u omisiones inadecuadas que incrementan el daño sufrido por la víctima como consecuencia de su contacto con las entidades encargadas de la atención, protección, sanción y recuperación de la violencia. Las instituciones que integran el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar adoptan las medidas adecuadas para erradicar la revictimización considerando la especial situación de la víctima”.

Arlette ha sido revictimizada y justamente quienes lo hacen son parte del aparato estatal. Han absuelto al agresor y en ningún momento se ha considerado lo que implica para la víctima una resolución con este contenido. La lección es simple, se puede agredir, golpear, patear, arrastrar a una mujer y no pasa nada, cuando llegue al Poder Judicial, habrá jueces que con total indiferencia dirán que el agresor no tivo la intención de matarla y por lo tanto, no es intento de feminicidio. Las iras frente a esta actitud son razonables. 

La decisión del Colegiado Penal de Huamanga el cual absolvió por mayoría al señor Adriano Pozo Arias de los delitos de Feminicidio y Violación Sexual en grado de tentativa y que además le impone una reparación civil de 100 mil soles, en mérito al NCPP, quedará por el momento como un precedente incomprensible e inentendible del sistema de administración de justicia.

Bastaría recordar el emblemático caso de María Dá Penha, quien fue recurrentemente agredida, hasta que un día ella fue violentada causándole daños irreversibles. Su lucha para lograr justicia duró varios años, pero en la etapa previa los argumentos de los jueces muy débiles. 

La violencia de género es un problema mundial y Perú no es la excepción. Se fundamenta en el machismo y en las relaciones de poder que hace diferentes a los hombres comparándolas con la mujer. Cultural y socialmente se cree que el hombre es propietario de la mujer y la mujer muchas veces admite esa posibilidad y permite acciones de discriminación y la sociedad la acentúa. Esto es lo que pretende cambiar y vemos que es bastante difícil.

Debe cambiar porque la sociedad y el Estado deben garantizar y promover el respeto de los derechos humanos de las mujeres, a quienes les corresponde estar libres de discriminación y abusos de poder. No solo se trata de una Ley contra la violencia de género que en blanco y negro diga qué es, que significa, como se debe actuar, que instituciones participan para su erradicación. Se debe cumplir y con eso se sancionará y erradicará todo acto violento de este tipo. 

La resolución del colegiado de Huamanga debe quedar en el olvido, aún resta la siguiente instancia para que revoque tan desafortunada resolución que solo demuestra que la violencia contra la mujer no puede ser erradicada con jueces que resuelven de manera contraproducente. ¿Es que acaso una mujer debe ser asesinada para que haya justicia?.

Diario El Regional de Piura
 

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