ERP. Solo cuatro distritos de las provincias piuranas de Paita y Sullana han cumplido hasta el momento con implementar medidas efectivas en la lucha contra la violencia hacia las mujeres. Esta situación fue revelada hoy por el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Piura, César Orrego, durante su presentación en la reunión del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Paita y Sullana.
Orrego informó que los distritos de La Huaca, El Arenal y Tamarindo son los únicos de los siete que conforman la provincia de Paita que han creado instancias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, previstas en la ley 30364. Asimismo, con implementar medidas para sancionar el acoso sexual callejero y laboral.
“Las municipalidades de Paita, Amotape y Colán cuentan con dichas instancias, pero no han implementado acciones para prevenir el acoso callejero y hostigamiento sexual laboral”, señaló el representante de la Defensoría del Pueblo, quien indicó que similar situación se observa en el caso de Vichayal, que cuenta con instancias de concertación y ordenanzas para prevenir el acoso callejero, pero no en relación al hostigamiento sexual laboral.
En lo que concierne a la provincia de Sullana, Orrego señaló que la municipalidad distrital de Marcavelica es la única de las ocho con que cuenta dicha provincia, en haber ejecutado las normas que previenen la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.
“Los distritos de Ignacio Escudero, Lancones y Miguel Checa hasta la fecha no tienen ordenanza municipal alguna para prevenir, sancionar y erradicar la violencia, a pesar que la Defensoría del Pueblo les ha solicitado formalmente”, expresó Orrego, quien informó que Querecotillo y Salitral sólo tienen ordenanza municipal aprobando las instancias de concertación, pero no sancionan el acoso sexual en espacios públicos ni el hostigamiento laboral. Además, agregó que situaciones similares se encuentran en los distritos de Bellavista y Sullana, que no cuentan con ordenanzas sobre acoso sexual callejero ni de hostigamiento sexual laboral, respectivamente.
Orrego precisó que, para la Defensoría del Pueblo, es preocupante que no se haya avanzado en la ejecución de estas normas, teniendo en cuenta que la ley 30364 precisa el rol preventivo que deben cumplir los gobiernos regionales y locales. “Las leyes 30314 y 27942 establecen también obligaciones claras para los casos de acoso callejero y hostigamiento sexual laboral que, de ser cumplidas, serían de gran ayuda para prevenir el aumento de casos de violencia contra las mujeres en nuestra región”, expresó.
Finalmente, precisó que las normas no son recientes, por lo que se evidencia la falta de interés y prioridad que los municipios le están imprimiendo al ámbito de la violencia contra las mujeres.