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Dom, Dic

Talara: SAPET, subsidiaria de CNPC, no habría devuelto bienes entregados por Petroperú cuando se concesionó lotes VI-VII

Talara
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ERP. El ciudadano Jorge Reyes Zapata ha interpuesto demanda de cumplimiento ante el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), PERUPETRO y PETROPERÚ, recordándoles a estas entidades estatales que en los contratos de concesión existen cláusulas puntuales que subrayan que los equipos, maquinaria e instalaciones deben ser devueltos al Estado (Perupetro) tal como las traspasó la estatal Petroperú en el inicio del proceso de privatización de los lotes petroleros.

Sin embargo, según el demandante, extraoficialmente se sabe -y es conocimiento público- que no se les ha dado mantenimiento preventivo ni correctivo en el tiempo que duro el contrato.

“Petroperú es el propietario porque tiene como acreditar su compra y es parte del contrato por haber entregado en ese tiempo los lotes; por lo tanto, puede exigir su retorno además de que se le compense económicamente. Petroperú está en crisis y con esta acción puede empezar a superarla”, sostiene Reyes Zapata.

En documentos que obran en poder de esta plataforma informativa y acompañados de fotografías, por ejemplo, se hace público de algunos bienes siniestrados en los lotes VI y VII que operó y administró la empresa china SAPET DEVELOPMENT PERÚ INC, subsidiaria de CNPC que pugna a como dé lugar para continuar en la explotación del lote X en el distrito de El Alto (provincia Talara).

“En el ejercicio de sus funciones y operaciones en la extracción de hidrocarburos, SAPET inobservó el fiel cumplimiento de las recomendaciones de fábrica respecto a la operación de los equipos, del cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y de las pólizas de seguro de los bienes, toda vez que no fueron reparados ni devueltos al Estado Peruano, y contrario a ello, los bienes recientemente fueron materia de remate de manera ilegal y arbitraria infringiendo el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH), Ley Nº 26221 y las obligaciones del Contrato de Licencia de Explotación de Hidrocarburos”, sustenta Jorge Reyes.

Finalmente, en solo una parte de su amplia y grave denuncia (que continuaremos informando en próximas ediciones), comenta que en los lotes VI y VII administrados por SAPET, en la provincia de Talara, habían motores a gas de fabricación china cuyo diseño no logró suplir la demanda de las operaciones en campo, totalmente inoperativos, sin materiales de repuestos y sin garantía; y que si hubo póliza de seguro el contratista debió informar a la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), PERUPETRO y OSINERGMIN; así como también emitir un ACTA.

Diario El Regional de Piura
 

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