ERP. Los cuestionamientos por el indulto y derecho de gracia de Albero Fujimori, tuvo su primera confrontación legal en la Sala Penal Nacional, donde se ventila el caso de la matanza de campesinos de Pativilca, el mismo que involucra al ex mandatario de acuerdo a los señalamientos de otros acusados y que permitió descubrir las acciones vedadas del grupo Colina en contra de indefensos ciudadanos.
El proceso se encuentra a cargo del colegiado B de la Sala Penal Nacional caso referido a la matanza de seis personas en la provincia de Barranca en 1992. En el se encuentra acusado el expresidente Alberto Fujimori Fujimori, junto a 22 personas, entre ellas integrantes del grupo Colina y miembros de las Fuerzas Armadas.
Los jueces Miluska Cano López (presidenta), Otto Verapinto Márquez y Omar Pimentel Calle, integrantes del referido tribunal, escucharon la posición de las partes con respecto al dictamen acusatorio de la Fiscalía en este proceso.
El fiscal Luis Landa Burgos solicitó en este caso 25 años de prisión para Alberto Fujimori, quien recibió el indulto y derecho de gracia, en diciembre pasado.
La Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) ha pedido que el Poder Judicial declare que no se aplique el derecho de gracia concedido para Alberto Fujimori.
Después de escuchar la exposición del Fiscal de la causa, de la abogada de la parte civil y del abogado de Fujimori, quedó bastante claro, lo que se encuentra en definición en esta sala. De acoger los planteamientos del Fiscal o de la abogada de la parte civil, Alberto Fujimori debe ser sometido al juicio penal; en tanto que el abogado del ex presidente, abogó por la sustracción del mismo, al contar con el “Derecho de Gracia” que le otorgó el actual presidente PPK.
En tal sentido, la Sala Penal Nacional dejó al voto la decisión de aplicar o no el derecho de gracia concedido por el Gobierno a Alberto Fujimori en el caso de la matanza de Pativilca, cometida en 1992, durante su mandato (1990-2000). Aunque no quedó claro, se cree que este caso de delitos de lesa humanidad en los cuales se encuentra comprometido Fujimori, se resolverá en un plazo que puede mediar en 15 días.
La polémica se centra en desde cuándo se considera abierto el caso: desde febrero del 2017, cuando Chile aceptó la extradición del expresidente por este caso, o desde el 2012, cuando se presentó un auto de instrucción. Dependiendo de esto, se puede aplicar o no: el requisito es que hayan pasado 24 meses. Durante la audiencia, la abogada de las víctimas, Gloria Cano, apoyó la primera versión; el abogado de Fujimori, Miguel Pérez, la segunda.
Para el Fiscal, se debe dejar sin efecto el “Derecho de Gracia” y de esa manera garantizar el juicio que podría llevar a 25 años de prisión al ex mandatario Alberto Fujimori, quien formó parte de la línea de mando del grupo Colina, de acuerdo a las acusaciones y delaciones que existen en el expediente.
A favor y en contra
“El plazo comienza desde que se abre instrucción o desde que se formula cargos de parte de la Fiscalía. En esas dos fechas estamos: el 15 de julio del 2012 o el 15 de noviembre del 2011", sostuvo Pérez. "Las víctimas no tienen derecho de sancionar, sino el Estado. Tienen derecho a una reparación", agregó. También negó que Fujimori esté planeando irse del país. "Él me ha dicho que se va a quedar".
"Entiendo que como abogado de Fujimori, él pretende que no pase una sanción penal. Nosotros exigimos los derechos de la víctimas: conocimiento de la verdad y establecimiento de la responsabilidad de quienes participaron en la comisión del hecho", respondió Cano. "El plazo se inicia a partir de la resolución de la Corte Suprema de Chile". Si el derecho de gracia termina aplicándose, la abogada sostuvo que las víctimas podrán acudir a instancias internacionales.