ERP. El Juez Richard Concepción Carhuancho, continúo pronunciándose sobre el pedido de prisión preventiva, contra los “Waykis en la sombra” Mateo Grimaldo Castañeda Segovia y Noriel Chingay Salazar. El primero fue abogado de la presidenta Dina Boluarte y se le señala como patrocinador de delitos en el marco de la organización criminal que lideraría al ahora prófugo Nicanor Boluarte Zegarra.
Como ya es costumbre en el magistrado Carhuancho, debido a su alta carga procesal, se inició la lectura de la resolución extendiéndose hasta altas horas de la madrugada de este 23 de noviembre, la misma que contó con la presencia de Castañeda Segovia, por dicha razón se le dio 24 meses de prisión preventiva por tener una prognosis de pena de 14 años de cárcel; en tanto contra Noriel Chingay Salazar, el juez le dio 36 meses de prisión preventiva.
De manera amplia, prolija y detallada, el magistrado fue enumerando los argumentos de su decisión de prisión preventiva y los riesgos de evadir la justicia o perjudicar la labor de investigación que deberá realizar el Ministerio Público, el cual presentó recurso de apelación considerando que su solicitud era que se le imponga 36 meses de prisión preventiva al presunto “Wayki en la sombra”.
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Realizando el concurso real de delitos que habrían realizado los vinculados al hermano de la presidenta, se precisó que además de los 14 años que sería la potencial condena de Mateo Castañeda, en el caso de Noriel Chingay sería de 12 años, suficientes para que enfrenten el proceso de investigación privados de su libertad.
Mateo Castañeda Segovia, es un destacado abogado penalista, que defendió a Dina Boluarte Zegarra cuando se le acusó de haber recibido indebidamente relojes Rolex y joyas, respondiendo después que fueron préstamos. Después de la detención preliminar, decidió renunciar a la defensa de la mandataria, que en el presente caso también es señalada en ciertos actos ilícitos.
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Forma parte del detalle, las acciones para pretender obtener información del Jefe Policial de la Diviac, posterior desactivación de dicha unidad orgánica de la Policía Nacional del Perú, entre otros presuntos delitos que deberán confirmarse o desestimarse en la investigación preparatoria.