ERP. La Sala Penal de Apelaciones con funciones de Liquidadora de la Corte de Sullana confirmó la sentencia de cadena perpetua que impusiera el juzgado penal Colegiado contra Juan Carlos Castillo Ruiz por los delitos de violación sexual de una niña de 12 años y por delito contra el cuerpo, la vida y la salud en la modalidad de aborto sin consentimiento.
El tribunal consideró que existe un conjunto real de delitos, se desestimó la apelación de la sentencia la cual está debidamente motivada, sobre todo por la pericia que demuestra grave afectación psicológica de la agraviada; mientras la conducta desplegada por el condenado es pasible de reproche social y máxima sanción.
Los hechos imputados fueron denunciados el 9 de enero del 2021 cuando la abuela de la menor denunció que había auxiliado a su nieta cuando lloraba en el corral de su casa en el caserío de Paletillas, Lancones abortando a un feto. Tras la declaración que brindó en la Cámara Gesell acusó a su vecino Castillo Ruiz, de abusar de ella desde que tenía nueve años y fue él quien la obligó a tomar unas pastillas abortivas.
Los magistrados superiores consideraron que es irrelevante el argumento de la defensa del encausado de que las relaciones con la agraviada eran consensuadas, carece de eficacia jurídica ya que la víctima es menor de 14 años y no está en capacidad de brindar su consentimiento, pues en este delito se protege la indemnidad sexual de los menores.
El procesado sostuvo varias veces relaciones sexuales con la agraviada, desde que tenía nueve años y tanto su madre como la abuela que son testigos de referencia han declarado que la niña les contaba que siempre la amenazaba y forzaba para cometer dicho ilícito.