ERP. Un inesperado revés para el Congreso de la República, que cree ser el poder omnímodo y que nadie puede objetar sus decisiones; sin embargo, el Tribunal Constitucional considerado como una adenda del “pacto mafioso” del parlamento, ratificó una vez más, que el Poder Judicial es el competente para hacer control, cuando una decisión afecta derechos fundamentales.
La posición fue fijada en la demanda competencial, que se tramitó el último viernes y donde la posición minoritaria era que sea declarada a favor del Congreso, sin embargo, cuatro de los magistrados, denegaron esa posibilidad, considerando que cuando se trata de derechos fundamentales, el ente competente es el Poder Judicial y ello no significa menoscabar las competencias exclusivas y excluyentes del Parlamento.
Fue tal la sorpresa de 3 de los magistrados afines al “pacto mafioso” que criticaron que dicho acuerdo, aunque no resolución, fue adoptado sin el quórum reglamentario, aunque la instalación contó con la presencia de los 7 miembros del colegiado; después al verse perdidos Gutiérrez, Hernández y Morales, se retiraron de la sesión, dos se desconectaron en tanto que uno se retiró físicamente.
Lo cierto que la composición actual del Tribunal Constitucional, ha dado muestras reiteradas de ser servil a la mayoría congresal; aspecto que llevaba al mismo Congreso a cifrar sus esperanzas para validar sus abusos, en el pronunciamiento de dicho ente, que de manera equívoca para muchos constitucionalistas, liberaron a Alberto Fujimori, con el prurito que Perú no puede depender en sus decisiones de la CIDH.
Asimismo, este mismo colegiado validó la Ley que le permite a Dina Ercilia Boluarte Zegarra a gobernar de manera virtual cuando viaja al extranjero, norma que es considerada inconstitucional, pero que sin reparo dijeron que era viable. Además, de lo mencionado, desde el Tribunal Constitucional se validó la elección del Defensor del Pueblo e incluso del retroceso de la reforma educativa.
En caso que el Tribunal Constitucional hubiera resuelto a favor del Congreso, la demanda competencial, los magistrados de la Junta Nacional de Justicia Aldo Vásquez e Inés Tello, sería víctimas de la arbitrariedad, considerando que ellos fueron amparados por el Poder Judicial, tras ser inhabilitados por el Congreso, al igual que la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos.
Justamente, fue Zoraida Ávalos Rivera, quien cuando fue inhabilitada alertó al sistema judicial dicho precedente, que obviaba el procedimiento legal y de respeto a principios básicos de los derechos que tiene todo justiciable, es decir seguir el debido proceso, saber el motivo y razón de lo que se le acusa y lógicamente, aplicándose el principio de legalidad.
En las últimas decisiones el Congreso de la República, ha resuelto diversos aspectos que afectan las competencias del Poder Judicial, de la misma Junta Nacional de Justicia y del propio ciudadano, que lo sustrae del ámbito normal del control constitucional cuando se afectan derechos ciudadanos. El actual último del Tribunal Constitucional, de alguna manera abre un espacio de cambio cualitativo en un país que se viene degradando día a día, por la pésima gestión de la presidencia de la República y por el “pacto mafioso” que viene destruyendo institucionalidad.