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Dom, Dic

ONPE recuerda que las revocatorias ya no darán lugar a nuevas elecciones

Política
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ERP. Autoridades ediles y regionales que fuera revocadas serán reemplazadas por sus accesitarios. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó hoy que las consultas de revocatoria que se realicen el próximo año no darán lugar a la convocatoria de nuevas elecciones para reemplazar a las autoridades regionales y municipales que resulten separadas de sus cargos, cuyo mandato será completado por sus correspondientes accesitarios.

Al iniciarse el presente mes el periodo de venta de kits electorales para la recolección de firmas que permitan impulsar una consulta de revocatoria, el organismo electoral recordó que la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos fue modificada por la Ley 30315, en el marco de la reforma electoral aprobada el año pasado.

De acuerdo a la citada norma, si un presidente regional es revocado será reemplazado por el vicepresidente regional; mientras que el vicepresidente regional revocado será sustituido por quien resulte elegido por el Consejo Regional entre sus miembros hábiles integrantes de la lista a la que pertenece la autoridad revocada, con votación simple.

Si resultaran simultáneamente revocados el presidente y vicepresidente regional, ellos serán reemplazados por quienes elija el Consejo Regional entre sus miembros hábiles integrantes de la lista a la que pertenecen las autoridades revocadas, con el voto favorable de la mitad más uno del número legal de los consejeros.

De prosperar la revocatoria del consejero regional su reemplazo será el correspondiente accesitario.

En el caso de las autoridades municipales, si un alcalde es revocado será reemplazado por el primer regidor accesitario en su misma lista; y si un regidor es revocado, completará su mandato el correspondiente accesitario de su lista.

Entre el periodo 2005 y 2014 se realizaron 1,157 revocatorias, de las cuales 1,146 se realizaron en distritos y 11 en provincias. Estas consultas populares ocasionaron la convocatoria a nuevas elecciones en 5 provincias (Una de ellas en Lima Metropolitana para elegir a los regidores revocados) y 239 en distritos.

La Ley 30315, aprobada en 2015, precisa que quienes reemplazan a los revocados completan el periodo para el que fueron elegidos estos y que en ningún caso hay nuevas elecciones. Además, el funcionario que hubiese sido removido no puede volver a desempeñar el mismo cargo en los siguientes cinco años.

El objetivo de esa reforma, promovida por la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), fue evitar que la revocatoria sea una herramienta de venganza política de los opositores de las autoridades municipales o regionales electas, para removerlos del cargo y convocar a nuevas elecciones.

Venta de kit para revocatoria

Desde el primero al 16 de junio, se habían presentado un total de 190 solicitudes para adquirir formatos de recolección de firmas de adherentes (kit electoral), con el propósito de solicitar la revocatoria de autoridades municipales y regionales electas para el periodo 2015-2018.

No todos los kits de revocatoria que se adquieren terminan en la consulta popular de revocatoria de una autoridad municipal, sea provincial o distrital, según los antecedentes de este derecho de control ciudadano.

Así, de los 4,505 kits vendidos a nivel distrital, entre 1995 y el 2014, solo 1,146 (25.4%) derivaron en la consulta popular efectiva de autoridades.

A nivel provincial el porcentaje de kits electorales que concluyeron en la realización de una consulta de revocatoria fue aún mucho menor. En el mismo periodo, de los 839 kits vendidos solo 11 terminaron en la consulta popular, es decir, solo el 1.3%.

La revocatoria de autoridades es uno de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos establecidos en la Ley N° 26300; pero existen otros derechos de control como la remoción de autoridades y la Demanda de Rendición de Cuentas.

Más datos

La consulta popular de revocatoria se puede realizar una sola vez durante el periodo del mandato de la autoridad, y se realiza en el tercer año.

Para el caso de las autoridades electas para el período 2015-2018, la consulta se llevará a cabo el segundo domingo del mes de junio de 2017.

 

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