ERP. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL emitió 21 actas de infracción por casos de hostigamiento sexual laboral, durante el 2021 y el mes de enero de este año. Dichas actas son el resultado de las 42 inspecciones realizadas, donde 34 corresponden a denuncias realizadas por trabajadores. Cabe señalar que, solo en enero pasado, se registraron cuatro denuncias, donde todos los casos terminaron con acta de infracción.
Los trabajadores pueden identificar que son víctima de hostigamiento sexual, cuando en su centro laboral les hacen bromas de contenido sexual o comentarios inapropiados sobre su cuerpo. Algunas conductas típicas son: el ofrecimiento de un trato preferente a cambio de favores sexuales, tocamientos o acercamientos, insinuaciones, gestos obscenos o exhibición de imágenes de contenido sexual.
¿Qué hago si soy víctima?
Primero, la víctima debe presentar su denuncia ante la oficina de recursos humanos de su centro de trabajo. El hecho deberá ser investigado por el Comité o delegado contra el hostigamiento sexual de la empresa. En paralelo, el empleador deberá ofrecer medidas de protección y, de ser comprobado el hostigamiento, emitir una resolución sancionando al hostigador.
Si la empresa no cumple con iniciar la investigación, la víctima puede interponer una denuncia ante la SUNAFIL o recurrir a la vía judicial. Cabe señalar que la empresa no puede despedir o dejar de renovar el contrato por motivos vinculados a la presentación de la queja o denuncia por hostigamiento sexual.
Los actos de hostilidad y el hostigamiento sexual, se encuentran tipificados como infracciones muy graves en el Sistema de Inspección del Trabajo, sancionable con multas de hasta S/. 241, 638.00.
El 27 de febrero se conmemora el ‘Día de la Lucha contra el Hostigamiento Sexual en el Ámbito Laboral’, establecido así en la Resolución Ministerial N° 041-2018-TR.