ERP. Este fin de semana el Poder Ejecutivo oficializó la Ley Nº 31334, con la cual las empresas deberán otorgar una licencia a sus trabajadores para que acudan a su cita de vacunación contra la COVID-19. La medida, publicada en el diario El Peruano, establece una licencia con goce de haber por vacunación de hasta cuatro horas para el día que esté programada la vacunación del empleado.
Según establece la ley, esta licencia se comunicará al empleador y se tramitará por el área de Recursos Humanos del centro laboral con 48 horas de anticipación.
Esta disposición precisa que en caso el centro de vacunación fijado para el trabajador no esté operando el día de la licencia, se volverá a solicitar la licencia conforme a lo establecido en el párrafo anterior.
La norma, que tiene vigencia para el sector público y privado, deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo en los próximos 30 días hábiles.
Sin embargo, el abogado laboralista de PwC, Percy Alache, señala que esta ley ya tendrá que ser aplicada por las empresas sin esperar a la reglamentación.