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Sáb, Dic

Ministerio Público de Piura obtiene prisiones preventivas en audiencias de proceso inmediato

Piura
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ERP. A pocos días de entrar en vigencia el Decreto Legislativo N°1194 que regula el proceso inmediato en casos de flagrancia, en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paita, se llevó a cabo la primera audiencia bajo la aplicación de esta norma, respecto de la investigación seguida contra Gino Collazos Nizama por el delito de Tenencia Ilegal de Armas de Fuego en agravio del Estado.

Dicha audiencia contó con la participación de los fiscales Luis Enrique Tapia Ponce y Omar Levi Rosillo Sánchez, Fiscal Provincial y Adjunto Provincial, respectivamente, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Paita - 2° Despacho de Investigación.

Tras la sustentación de sus argumentos, obtuvieron para el imputado la prisión preventiva por tres meses, fundada la incoación del proceso inmediato y fundado el requerimiento de confirmatoria de incoación, concediendo el juez un plazo de 24 horas para que los referidos fiscales emitan el requerimiento acusatorio.

En Piura

Ayer por la tarde, también con la aplicación del proceso inmediato, la Fiscal Gilma Doris Cabrera Cabanillas de la Primera Fiscalía Penal Corporativa del Distrito Fiscal de Piura, obtuvo la prisión preventiva para tres presuntos autores del delito de robo agravado.

Se trató de los imputados Rainer Pascual García Velásquez, Belver García Velásquez y Segundo Reyes Villalta, para quienes la jueza Gladys Quiroga Suyón, del juzgado de flagrancia delictiva - proceso inmediato, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva ordenando su reclusión por cinco meses en el establecimiento penitenciario de Piura, mientras se llevan adelante las investigaciones y su posterior juzgamiento, que se realizará en breve plazo conforme a lo dispuesto en el D.Leg. 1194.

Celeridad.

Es preciso resaltar que en el marco de la audiencia única de incoacción de proceso inmediato se pueden aplicar mecanismos de simplificación procesal como terminación anticipada o principios de oportunidad, que permiten llegar a sentencias condenatorias rápidas.

Además, en los casos tramitados bajo el D. Leg 1194 los jueces de juzgamiento que instalen el juicio oral no podrán conocer otros casos, hasta que culminen el ya iniciado.

Fotografía referencial

 

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