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Mié, Abr

Sullana: SERFOR capacita a propietarios de establecimientos comerciales de productos forestales

Sullana
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ERP.  Propietarios de los centros de transformación primaria, lugares de acopio y centros de comercialización de productos forestales de las provincias de Sullana y Paita y del distrito de Las Lomas fueron capacitados por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna (SERFOR) sobre la nueva normativa forestal.

El personal de la sede Sullana de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del SERFOR, informó y orientó a los dueños de estos comercios dedicados a la venta de esteras de carrizo, cañas de guayaquil, postes de eucalipto, listones, vigas, tablas, tablones, entre otros productos forestales.

“Obligatoriedad del registro de centros de transformación primaria, lugares de acopio y centros de comercialización de productos forestales y el uso del libro de operaciones”, se denominó el taller de capacitación que abarcó las obligaciones que establece la nueva legislación forestal y de fauna silvestre, así como el uso obligatorio del libro de operaciones, como instrumento de control y fiscalización por parte de la autoridad forestal, y cuyo incumplimiento es considerado como infracción grave y muy grave.

La actividad que tuvo lugar en el auditorio de la Agencia Agraria Chira en la ciudad de Sullana se realizó en el marco del trabajo de capacitación y sensibilización que desarrolla la ATFFS Piura con la finalidad de asegurar la sostenibilidad, legalidad y el control adecuado sobre el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación.

La Ley Forestal y de Fauna Silvestre, N° 29763, determina como infracciones muy graves: establecer o trasladar depósitos o similares, lugares de acopio, centros de comercialización de transformación o de propagación sin contar con la autorización de la autoridad competente, así como también adquirir, transformar, comercializar, exportar o poseer recursos o productos forestales sin autorización.

Cabe mencionar que la sanción por incurrir en una infracción muy grave es el pago de una multa superior a los 39 mil 500 soles (10 Unidades Impositivas Tributaria - UIT).

 

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