ERP. La Primera Fiscalía Penal Corporativa de Talara consiguió que el Juzgado Colegiado de Sullana, dicte sentencia de ocho años de pena privativa de libertad efectiva contra el procesado Eduardo R. I. por el delito de tocamientos sin consentimiento, en agravio de una menor de 17 años de edad, hechos ocurridos en la provincia de Talara.
La fiscal responsable del caso Irma Verónica León Gutiérrez, de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Talara, logró demostrar en juicio oral la responsabilidad penal del procesado con los medios probatorios actuados en juicio oral como fue la declaración testimonial de la agraviada, así como de testigos y peritos, que demostraron de manera fehaciente e indubitable la autoría del procesado respecto al suceso de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento en agravio de la adolescente.
Por ello, el juzgado sentenció a Eduardo Romero a ocho años de pena privativa de la libertad efectiva en el penal de varones de la ciudad de Piura, donde se encuentra recluido.
El hecho ocurrió la noche del 12 de abril de 2024 en la ciudad de Talara, fecha en la que la agraviada (actualmente de 18 años de edad) integraba una academia de vóley, siendo su profesor el procesado Eduardo Romero. Ese día, la agraviada se encontraba realizando su entrenamiento, al finalizar el mismo, el procesado se ofreció llevarla a casa, pero pasó por un callejón oscuro, donde no había gente, empujándola contra la pared, besándola a la fuerza, además de realizarle tocamientos indebidos.
Luego la menor le contó lo sucedido a una amiga, quien a su vez le informó a la madre de la agraviada para que ésta de manera inmediata realizó la denuncia correspondiente.