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Jue, Abr

Empresas tienen hasta el lunes 15 para abonar la gratificación por Navidad

Talara
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empresas tienen hastaERP/A.Abad. La Ley 29714 desgravó las gratificaciones de los aportes al seguro social. El pago de las gratificaciones por Navidad ha empezado y el plazo para hacerlo culmina en la primera quincena de diciembre. Según informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su portal web, los trabajadores dependientes recibirán su gratificación y una bonificación extraordinaria de hasta un 9%.

Este bono adicional equivale al monto que los empleadores dejarán de aportar a Essalud debido a que la Ley 29714 desgravó las gratificaciones de dichos aportes, medida que estará vigente hasta el 31 de diciembre. Cabe mencionar que los trabajadores del sector privado afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) no recibirán una bonificación extraordinaria de 9%, sino un 6,75%, pues es el monto que sus empleadores aportan a las EPS.

Tienen derecho a la gratificación por fiestas de Navidad, todos los trabajadores del sector privado con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial, así como trabajadores socios de cooperativas tienen derecho a recibir una gratificación por Navidad. También obtendrán este beneficio los empleados de pequeñas empresas y los trabajadores del hogar. En ambos casos, la gratificación será igual a medio sueldo.

No obstante, aquellos colaboradores que presten servicios independientes por locación de servicios y los que perciben una "remuneración integral" -que incluye en el monto la gratificación y la CTS- no tienen derecho a la gratificación.

En el caso de los trabajadores de las microempresas contratados después de la inscripción su negocio en el Remype tampoco reciben gratificación, indica el MTPE. En tanto, para las personas que trabajan por comisiones o a destajo, la remuneración para el pago de las gratificaciones se obtendrá en base al promedio de los seis meses anteriores al 15 de diciembre.

EL DATO...

El incumplimiento del pago de la gratificación por Navidad es considerado por el Ministerio de Trabajo como una falta grave. El empleador puede recibir una multa de entre 6 y 10 UIT, es decir alcanza los S/.38 mil.

 

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