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Mar, Feb

Defensoría exigen sanción ejemplar tras presunto caso de explotación laboral en call center de Piura

Piura
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ERP. La Defensoría del Pueblo exhortó a las empresas y autoridades de fiscalización a garantizar que ningún espacio de trabajo atente contra la dignidad humana. Lo ocurrido en el call center de Plaza La Luna, donde aproximadamente 800 jóvenes, trabajadores de la empresa Konecta, vieron en riesgo su salud e integridad ante condiciones térmicas extremas, constituye una vulneración inaceptable a los derechos a la vida y la seguridad.

Tras la intervención, se logró que los trabajadores fueran liberados y atendidos por el Samu del Minsa Exigimos a Sunafil una sanción ejemplar. El trabajo debe dignificar, no deshumanizar ni poner en peligro la integridad física.

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Ante estos hechos, que evidencian una grave forma de explotación laboral, la Defensoría instó a las entidades competentes a impulsar las siguientes acciones:

  1. Investigación Integral: Que Sunafil realice una investigación exhaustiva no solo sobre las condiciones térmicas, sino también sobre posibles jornadas de trabajo inhumanas, presión laboral y falta de medidas de seguridad básicas en las instalaciones de Konecta.
  2. Sanciones Ejemplares: Aplicar las máximas multas y sanciones que la ley permita contra la empresa Konecta por la vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores, considerando la cantidad de afectados y la gravedad del riesgo (atentado contra la vida y la salud).
  3. Reparación a las Víctimas: Garantizar que los aproximadamente 800 jóvenes afectados reciban atención médica y psicológica continua, así como una compensación justa por el daño sufrido y los días de labor perdidos en condiciones infrahumanas.
  4. Medidas Correctivas Inmediatas: Exigir a la empresa la implementación inmediata de sistemas de ventilación, climatización y protocolos de emergencia adecuados, bajo supervisión de la autoridad, antes de permitir la reanudación de actividades en el local.
  5. Fiscalización Preventiva: Ordenar un operativo de fiscalización extraordinario en todos los centros de trabajo (call centers, fábricas, etc.) de la región Piura y a nivel nacional, para prevenir que situaciones similares se repitan, verificando condiciones térmicas, de salubridad y seguridad.
  6. Denuncia Penal: Evaluar, desde el Ministerio Público, si los hechos constituyen delitos de atentado contra la seguridad común o exposición al peligro, para determinar responsabilidades penales de los representantes de la empresa.

La explotación laboral y la negligencia no pueden ser toleradas. ¡Que este caso siente un precedente histórico en la defensa de la dignidad de las y los trabajadores en el Perú!

Diario El Regional de Piura
 

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