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Lun, Dic

Dejan sin efecto temporalmente la medida cautelar del PDU

Piura
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dejan sin efecto Piura. La Corte Superior de Justicia de Piura a través del juez provisional del Segundo Juzgado Civil, Jessica Elizabeth Negro Balarezo, en mérito al Expediente N° 02451-2014-43-2001-JR-CI-02, en los seguidos por cuatro regidores de la Municipalidad Provincial de Piura, sobre medida cautelar dentro de Proceso en Forma de No Innovar, ha ordenado se proceda a dejar sin efecto los alcances contenidos en el Oficio N° 848-2014 del 15 de setiembre último.

Esto en razón de haberse concedido apelación con efecto suspensivo en relación con el Plan de Desarrollo Urbano de Piura. Castilla, Catacaos y 26 de Octubre al 2032 (PDU) y también por lo dispuesto en la Resolución Tres del 27 de noviembre último.

Como se recuerda la juez provisional con el indicado oficio dispone dejar sin efecto el PDU, por lo que la comuna provincial apela la resolución de la instancia judicial y en su lugar debe corresponder a la resolución con efecto suspensivo, toda vez que el documento que emitió estaba errado, tal como lo hizo conocer en su momento la defensa de la municipalidad provincial.

Consecuentemente el PDU sigue vigente hasta que se resuleva de manera definitiva este tema, que presentaron mediante Acción de Amparo los regidores José Alberto Chumacero Morales, Milagritos Sánchez Reto, Floresmilo Yaxahuanca Tapia, Walter Chávez Castro.

La interpretación es que la sesión de concejo empezaron 13 regidores, seis se fueron indebidamente porque una vez iniciada la sesión de concejo nadie se puede retirar, sino es con la autorización del pleno, lo cierto es que ellos al pasar lista validaron y el quorum lo hacen quienes se quedan y eran siete y de ellos seis votan a favor lo que genera mayoría en, ese sentido, no hay nada que vicie la aprobación de la ordenanza.

 

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