En últimos dos años, con miras a las elecciones generales de 2016
Lima. En los últimos dos años, un total de 262 ciudadanos adquirieron en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) los formatos necesarios (kits electorales), para constituir un partido político que les permitiría presentar candidatos a la Presidencia, Vicepresidencias, Congreso de la República y al Parlamento Andino en las elecciones generales de 2016.
Del total de kits, 44 fueron adquiridos en el 2013, 107 el año pasado y 111 en los primeros ocho meses del presente año. Esta información considera que, según la Ley de Partidos Políticos (Ley N°28094), las organizaciones políticas cuentan con un plazo de dos años, contados a partir de la adquisición de formularios, para la recolección de firmas de adherentes y la presentación de la solicitud de inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El kit electoral es el conjunto de documentos y formatos que un ciudadano necesita para iniciar los procedimientos que señalan las leyes electorales, como es el caso de la inscripción de organizaciones políticas. La relación detallada de adquisiciones de venta de kit electoral se pueda apreciar en la página web del organismo electoral:
http://www.web.onpe.gob.pe/modVentakits/downloads/KitPARTIDOSNACIONALES.pdf
El costo del kit electoral es de S/.112.40 y puede adquirirse en horario de oficina, de lunes a viernes, de 8:30 a 16:30 horas en el Área de Atención Ciudadano y Trámite Documentario de la ONPE, ubicada en el primer piso del Jr. Washington 1898, Cercado de Lima.
La venta descentralizada se realiza en las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) de la ONPE, de lunes a viernes, en el mismo horario. Las direcciones de las ORC se encuentran en el siguiente link:
http://www.web.onpe.gob.pe/venta-kits.html
Luego de adquirido el kit electoral, todos los promotores deberán recolectar como mínimo un número de firmas de adherentes no menor al tres (3) por ciento de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional. Para este efecto deben reproducir la Lista de Adherentes (adjunta al kit electoral) por ambas caras. En el reverso de la lista de adherentes se encuentran las indicaciones de cómo la llenará el responsable de página y los adherentes.
Asimismo, deberá tener en cuenta que se debe recolectar las firmas de los adherentes consignando los datos según el Documento Nacional de Identidad. Si el adherente fuera iletrado y/o no firma, consignará su huella digital en el espacio de la firma y en el espacio de huella digital, en ambos espacios.
La verificación de firmas para los partidos políticos la realiza la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a través de la Gerencia de Gestión Electoral, la que determina la fecha de inicio del procedimiento de verificación. Este procedimiento se realiza en un plazo no mayor de diez días naturales, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Elecciones (N° 26859).
Otros requisitos
La relación de adherentes no es el único requisito para constituir un partido político. Según la Ley de Partidos Políticos, los promotores deberán también presentar ante el JNEel acta de fundación, las actas de constitución de comités partidarios, el estatuto del partido, la designación de personeros legales, titulares y alternos y la designación de uno o más representantes legales del partido.
Con miras a las elecciones generales del 2016, la línea de tiempo contempla que los partidos políticos oficialmente inscritos deberán realizar sus elecciones internas para la elección de sus candidatos entre octubre y diciembre del presente año. Están sujetos a elección interna los candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, representantes al Congreso y al Parlamento Andino, entre otros.