ERP. El Gobierno autorizó la entrega por única vez de un bono extraordinario de 1,500 soles a favor del personal asistencial y administrativo del Seguro Social de Salud (EsSalud), en reconocimiento a su labor por la emergencia sanitaria. Así lo determinó a través del Decreto de Urgencia Nº 116-2021 publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, correspondiente al jueves 30 de diciembre de 2021.
La norma señala que se autoriza por única vez, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria que corresponde a 1,500 soles a favor del personal asistencial y personal administrativo del Seguro Social de Salud que se encuentra bajo los alcances de los Decretos Legislativos N° 276, N° 728 y N° 1057 y que presta servicios en salud y de apoyo a la labor asistencial.
Exclusiones
Asimismo, precisa que está excluido el personal bajo la modalidad del Decreto Legislativo Nº 1057, contratado en virtud del literal a) del numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del Covid-19 en la economía peruana, y en virtud de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 004-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para reforzar la respuesta sanitaria en el marco del estado de emergencia nacional por la Covid-19 y dicta otras medidas.
Autorización de transferencias
La norma también autoriza la transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021, hasta por la suma de 82 millones 332,000 soles a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para luego ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud (EsSalud), a efectos de financiar el pago de la bonificación autorizada.
La norma también precisa que EsSalud, es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos transferidos en el presente decreto de urgencia, conforme a la normatividad vigente.
Para tal efecto, autoriza a EsSalud a dictar las disposiciones complementarias necesarias para garantizar el pago de la bonificación. Los recursos que se transfieran no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.
Remisión de información
EsSalud remite al Fonafe la base de datos de la información sobre la ejecución de la bonificación extraordinaria y la cantidad de personal que se benefició con su otorgamiento el cual será identificado por tipo de régimen laboral.
La remisión de dicha información se realiza durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia, que tiene plazo hasta el 31 de enero de 2022.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Pedro Castillo; la jefe del Gabinete ministerial, Mirtha Vásquez; el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke; y la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez. (Andina)