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Mar, Nov

Sunarp utiliza tecnología para combatir la transferencia ilegal de vehículos

Política
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ERP. En los últimos días, se ha conocido una modalidad delictiva dedicada a la ‘clonación’ de las placas de los vehículos. Es importante que los ciudadanos conozcan en detalle, cuál es el procedimiento para realizar una transferencia vehicular; cuál es el procedimiento para inscribir ese acto ante la Sunarp, y finalmente, cómo obtener la placa de rodaje de acuerdo con la normativa vigente.

Al respecto, se debe tener en cuenta que la Sunarp no entrega la Placa Única de Rodaje de un vehículo; conforme a sus competencias legalmente establecidas solo puede asignar el número de dicha placa cuando el ciudadano solicite algunas inscripciones; como, por ejemplo: la inmatriculación de vehículo (primera inscripción), el cambio voluntario de placa, la transferencia de vehículo con placa antigua, entre otros.

En efecto, la fabricación de la placa física (con el número que asigna Sunarp) se encuentra a cargo de la Asociación Automotriz del Perú (entidad concesionaria) de conformidad con lo prescrito por el numeral 17.3 del artículo 17 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, que fue aprobado el Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC.

En lo que respecta a la transferencia de un vehículo, esta se tramita ante un notario mediante la formalización del acta respectiva, para cuyo efecto debe comprobarse la identidad de los contratantes a través de herramientas tecnológicas, como, por ejemplo: utilizando un lector biométrico de huella dactilar integrado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Luego que el acta es firmada por el vendedor (propietario registral del vehículo), el comprador y el notario, se presenta electrónicamente al registro -con su firma digital- a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp).

En el eventual caso que se pretendiera transferir un vehículo robado con placa clonada, en aplicación de las normas vigentes, corresponderá al notario efectuar las acciones conducentes a comprobar la identidad del propietario, titular registral, quien es la persona legitimada para disponer del bien y suscribir el acta de transferencia. Para evitar cualquier tipo de falsificación, el acta deberá ser enviada a la Sunarp mediante el SID-Sunarp, lo que garantiza la debida procedencia del documento e impide toda posibilidad de fraude.

Diario El Regional de Piura
 

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