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Vie, Dic

Salió lista de genéricos que no deben faltar en farmacias ni boticas

Salud
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ERP. El Ministerio de Salud publicó hoy la resolución ministerial con la lista de medicamentos genéricos esenciales que deberán venderse obligatoriamente en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado a fin de facilitar el acceso de la población.

De acuerdo con el documento publicado hoy en El Peruano con la firma de la ministra Elizabeth Hinostroza, la lista contiene 31 medicamentos para males respiratorios, diabetes, hipertensión, salud mental, infecciones por hongos, entre otros.

Se trata de genéricos en Denominación Común Internacional (DCI) -es decir sin marca- contenidos en el Petitorio Nacional Unico de Medicamentos Esenciales (PNUME).

Entre ellos se encuentran la Amitriptilina, Amoxicilina, Azitromicina, Clonazepam, Enalaptril, Fluconazol, Ibuprofeno, Loratadina, Naproxeno, Paracetamol, Prednisona y Omeprazol.

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En la lista no solo se indica el nombre de los medicamentos sino la concentración (mg/ml) que deberá tener el producto, así como la presentación (tableta, jarabe o inhalador como el caso del salbutamol).

#MedicamentoConcentraciónFórmula farmaceútica Esquema de tratamiento (mensualpara tratamiento crónico o por ciclo para tratamiento agudo)
7 Beclometasona dipropionato 250 mcg/ dosis AER INH 1 inhalador
3 Amoxicilina 250 mg/5 mL LIQ ORAL 3 frascos
26 Paracetamol 100 mg/mL LIQ ORAL 1 frasco
26 Paracetamol 120 mg/5 mL LIQ ORAL 1 frasco
26 Paracetamol 500 mg TAB 28 tabletas
25 Omeprazol 20 mg TAB LIB MODIF 30 tabletas
29 Salbutamol (como sulfato) 100 mcg/dosis AER INH 1 inhalador
6 Azitromicina 200 mg/ 5 mL LIQ ORAL 1 frasco
10 Cefalexina 250 mg/5 mL LIQ ORAL 1 frasco
13 Clorfenamina maleato 2 mg/5 mL LIQ ORAL 1 frasco
21 Loratadina 5 mg/5 mL LIQ ORAL 1 frasco
27 Prednisona 5mg/5 mL LIQ ORAL 1 frasco
14 Clotrimazol 500 mg OVU/TAB VAG 1 óvulo
1 Amitriptilina clorhidrato 25 mg TAB 120 tabletas
2 Amlodipino (como besilato) 10 mg TAB 30 tabletas
2 Amlodipino (como besilato) 5 mg TAB 30 tabletas
3 Amoxicilina 500 mg TAB 60 tabletas
4 Amoxicilina+ ácido clavulánico (como sal potásica) 500 mg+125 mg TAB 30 tabletas
5 Atorvastatina (como sal cálcica) 20 mg TAB 30 tabletas
6 Azitromicina 500 mg TAB 30 tabletas
8 Captopril 25 mg TAB 60 tabletas
9 Carbamazepina 200 mg TAB 90 tabletas
10 Cefalexina 500 mg TAB 20 tabletas
11 Clindamicina (como clorhidrato) 300 mg TAB 20 tabletas
12 Clonazepam 2 mg TAB 30 tabletas
12 Clonazepam 500 mcg (0.5mg) TAB 60 tabletas
13 Clorfenamina maleato 4 mg TAB 10 tabletas
15 Enalapril maleato 10 mg TAB 30 tabletas
15 Enalapril maleato 20 mg TAB 30 tabletas
16 Fenitoína sódica 100 mg TAB 60 tabletas
17 Fluconazol 150 mg TAB 1 tableta
18 Fluoxetina (como clorhidrato) 20 mg TAB 30 tabletas
19 Glibenclamida 5 mg TAB 30 tabletas
20 Ibuprofeno 400 mg TAB 20 tabletas
21 Loratadina 10 mg TAB 5 tabletas
22 Losartán potásico 50 mg TAB 30 tabletas
23 Metformina clorhidrato 850 mg TAB 30 tabletas
24 Naproxeno (como base o sal sódica) 500 mg TAB 21 tabletas
27 Prednisona 50 mg TAB 14 tabletas
27 Prednisona 20 mg TAB 14 tabletas
27 Prednisona 5 mg TAB 14 tabletas
28 Ranitidina (como clorhidrato) 300 mg TAB 7 tabletas
30 Sertralina (como clorhidrato) 50 mg TAB 30 tabletas
31 Tamsulosina clorhidrato 400 mcg (0.4 mg) TAB LIB MODIF 30 tabletas

"Los medicamentos deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado", señala la resolución ministerial que destaca que la población podrá acceder a tratamientos farmacológicos sanitariamente prioritarios.

La publicación de la lista de genéricos se da en cumplimiento del Decreto de Urgencia anunciado el 30 de octubre último por el presidente Martín Vizcarra, a fin de que todos los establecimientos farmacéuticos públicos y privados cuenten con medicamentos genéricos para la venta al público.
Control y vigilancia.

El control y vigilancia sanitaria del cumplimiento de esa medida estará a cargo de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris), las Direcciones Regionales de Salud (Diresas), así como la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).

El listado fue elaborado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) y la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP). Los criterios considerados en su elaboración fueron presentados ante representantes de los gremios farmacéuticos.

Los medicamentos esenciales genéricos deben estar disponibles y demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado, y el incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de sanciones monetarias y no monetarias. La tipificación de las infracciones y las sanciones serán publicadas en el reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019.

Voceros del Minsa han señalado en distintas oportunidades que los genéricos tienen el mismo principio activo, la misma eficacia, seguridad y calidad que los de marca, solo que éstos han sido liberados de la patente de exclusividad que por 20 años tenían los laboratorios.

Se estima que hay más de 18,000 farmacias y boticas en todo el país, las cuales ya cuentan ahora la nómina de medicamentos genéricos esenciales que ofrecerán al público de manera obligatoria.

Diario El Regional de Piura
 

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