ERP. El sexto despacho de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Sullana consiguió que el Poder Judicial dicte nueve meses de prisión preventiva contra Piero J. S. V. (19), investigado por la presunta comisión del delito de extorsión agravada en grado de tentativa en agravio de la propietaria del restaurante El Rinconcito Picante, en el distrito de Bellavista, y por tenencia ilegal de material explosivo.
El fiscal a cargo presentó diversos elementos de convicción que vinculan al imputado con los hechos: acta de denuncia verbal, declaración de la agraviada, registro de mensajes extorsivos y material audiovisual de cámaras de seguridad. Con estas pruebas, el juzgado ordenó su internamiento preventivo en el penal de varones de Sullana, mientras duren las investigaciones.
Los hechos
El 23 de agosto, la víctima descansaba junto a su madre y hermano en su vivienda, ubicada en el A.H. Esteban Pavletich (Bellavista), cuando encontraron un cartucho de dinamita encendido en la zona donde funciona el restaurante. De inmediato, la Policía UDEX acudió al lugar y desactivó el explosivo.
Al revisar las cámaras de seguridad, se identificó a G. D. R. A. (20) como la persona que intentó detonar el artefacto en dos ocasiones sin éxito. Minutos después, se observó la llegada del imputado Piero J. S. V. acompañado de una menor de edad, quienes también intentaron encender otra dinamita antes de retirarse.
Posteriormente, al ser intervenido, el imputado portaba en la pretina de su pantalón una bolsa con un cartucho de dinamita SM 65, dos segmentos de mecha lenta, un detonador mecánico operativo y un celular. Todo fue incautado como evidencia.
De acuerdo con la denuncia, los implicados habrían amenazado a la agraviada mediante mensajes de texto, exigiéndole 10 mil soles a cambio de no atentar contra su vida ni la de su familia.
Próximas acciones
La Fiscalía solicitó prisión preventiva para ambos investigados. Mientras que el juez dictó la medida contra Piero J. S. V., el Ministerio Público ha apelado para que también se imponga igual sanción a G. D. R. A. (20), en su condición de coautor.