ERP. La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Sullana confirmó la condena de quince años de cárcel a Eder Reynaldo Arámbulo Vilela (36) que atacó salvajemente a un obrero en el sector de Mallares, distrito de Marcavelica, causándole lesiones traumáticas y hemorragia en la corteza cerebral, el 2 de noviembre del año 2018.
El fallo por una unanimidad de los jueces superiores Luciano Castillo, María Elena Palomino y Lesly Holguín confirma la condena del Juzgado Penal Colegiado por homicidio calificado dictada el 31 de enero del presente, contra Eder Reynaldo Arámbulo Vilela en agravio del operario Carlos Javier Rodríguez Farías y el pago de 30 mil soles por reparación civil.
El Tribunal considera que se ha acreditado la acusación fiscal con suficiencia probatoria que permite determinar la comisión del delito de homicidio calificado y su autoría por parte del sentenciado, no habiéndose desvirtuado los fundamentos de la sentencia apelada, la cual está debidamente motivada.
Que existen dos testigos (cuya identidad está en reserva) que en forma directa sindican al condenado como la persona que golpeó con puños y patadas a la víctima que estaba ebrio tirado en un descampado camino a su vivienda y cómo le golpeó el cráneo con dos piedras, para luego darse a la fuga.
El fallo se basa también en el informe que revela hematomas en el rostro, corte de 20 centímetros en el cuero cabelludo, siendo la causa de la muerte: edema cerebral, hemorragia subaracnoidea y traumatismo encefálico craneano.
En la sentencia también se confirma la absolución del hermano del condenado J. C. A. V., quien sostuvo una riña con la víctima, cuando estaban en el interior de la actividad bailable dos horas antes, pero todo se dispersó. Su hermano que lo amenazó de muerte, habría continuado con su decisión hasta atacarlo en la calle.