ERP. Además se viene indicando que la castración química, no es una solución para los violadores, no evita la reincidencia, el tratamiento es reversible, la medida es muy costosa, pues cada dosis cuesta 300 dólares y no se realiza solo una vez, pues tendría que realizarse continuamente para que se mantenga, el costo lo asumiría el Estado y además el violador puede volver a violar, porque existen otras formas de abuso sexual, en la que no necesariamente se usa el miembro viril, para realizar la agresión sexual.
INTRODUCCION.-
Bastante polémica ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, el Proyecto de Ley mediante el cual el Pleno del Congreso de la República aprobó la cadena perpetua y la castración química, para los violadores sexuales de niños menores de 14 años.
Según se ha dado cuenta, el dictamen aprobado en primera votación, intenta hacer frente a una terrible realidad que se registra en el país, donde cada día son ultrajadas un promedio de 10 menores de edad, de acuerdo a las estimaciones del Ministerio de la Mujer.
II.- DESARRROLLO DEL TEMA.-
El presente dictamen será sometido a segunda votación en el pleno en esta semana, pues la modificatoria del Código Penal importa elevar las penas a cadena perpetua e imponer como medida complementaria, la castración química, cuando el Juez Penal lo estime conveniente.
En lo que respecta al incremento de pena, el Proyecto de Ley fue aprobado por unanimidad, sin embargo el tema de castración química, solo 67 parlamentarios apoyaron la propuesta, 28 se abstuvieron y 7 votaron en contra, ello debido a que durante el debate expresaron sus dudas y objeciones con respecto a este procedimiento.
Según los entendidos, la castración química se realiza a través de la administración de una hormona, la cual inhibe la libido de la persona a la que se le aplica, al no producir tetosterona, ni esperma, como también elimina por completo el deseo de la actividad sexual.
Es bastante cierto, que frente a casos de violaciones sexuales contra menores de 14 años, la reacción social es bastante grande, pues se ha llegado hasta insinuar que la castración química es una pena demasiado benigna, frente a tamaño delito y se ha propuesto el debate de la pena de muerte para dichos acusados, sin embargo ello no es posible, debido a que el Perú está suscrito al Pacto de San José.
Sin embargo, debemos reflexionar y tener en cuenta cada una de las propuesta realizadas, a fin de investigar, acusar y condenar a dichas personas, sin que ello signifique una vendeta pública.
Diferentes juristas y estudiosos, han manifestado que no se puede aplicar la castración química a una violador sexual, que ya se le aplicó la cadena perpetua, pues este ya no causaría daño a la sociedad, toda vez que de por vida se encontraría recluido en un centro penitenciario.
Además se viene indicando que la castración química, no es una solución para los violadores, no evita la reincidencia, el tratamiento es reversible, la medida es muy costosa, pues cada dosis cuesta 300 dólares y no se realiza solo una vez, pues tendría que realizarse continuamente para que se mantenga, el costo lo asumiría el Estado y además el violador puede volver a violar, porque existen otras formas de abuso sexual, en la que no necesariamente se usa el miembro viril, para realizar la agresión sexual.
Además, se ha indicado que no se le puede aplicar doble pena al acusado y de aplicar la castración química, se estarían violentando otros derechos fundamentales como el derecho a la familia, a la reproducción sexual, a la integridad, etc y cualquier Juez Penal, podría inaplicar la norma jurídica y ejercer el control difuso, pues la misma afectaría derechos constitucionales, que se encuentran reconocidos en nuestro derecho interno y en la Convención Americana de Derechos Humanos.
III.,- A MODO DE CONCLUSION.-
También se ha indicado que el Estado no debe dejar pasar esta brillante oportunidad, para implementar una mejora educativa en el país, debido a que la mayoría de los violadores son personas que no han tenido una correcta formación durante su niñez, por ello se debe garantizar un proceso de formación en condiciones de salubridad, salud, psicología y salud mental, en consecuencia que el tema da para más y debe debatirse con mejor estudio técnico y no para las tribunas. Se corre traslado…
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Dr. Edhín Campos Barranzuela.- Juez Superior Titular de la Sala Penal Nacional, Phd en Ciencias Legales por la Atlantic International University, Doctor en Derecho y Educación, Magíster en Ciencias Penales, Licenciado en Ciencias de la Educación, Licenciado en Comunicación Social, Docente Universitario y de la Academia de la Magistratura.